19 Ago
5.1 Las principales zonas industriales de la UE La UE es una de las áreas más importantes de producción industrial. La actividad industrial es el origen del desarrollo económico europeo.La zona principal de desarrollo industrial de la UE es un eje que va desde el sureste del Reino Unido hasta el norte de Italia, siguiendo el valle del Rin en Alemania. Incluye ciudades tan importantes como Londres, París, Ámsterdam, Bruselas, Frankfurt y Milán.Esta zona se ha caracterizado por tener industrias de tipo tradicional que se han reconvertido en otras más modernas.En otras zonas, la actividad industrial se ha reducido desde la década de 1980 a pesar de que las políticas de reconversión que la UE ha llevado a cabo.Algunos países de Europa del Este que se incorporaron a la UE, tenían grandes zonas de industrias pesadas que se quedaron anticuadas y hubieron de cerrar porque no eran rentables.Actualmente, reciben inversiones de Europa Occidental, porque tienen salarios y costes de producción mucho más bajos y mano de obra calificada. 5.2 La producción industrial Actualmente la UE, mientras las antiguas industrias se encuentran en un momento de recesión, las industrias de alta tecnología se encuentran en una fase de dinamismo importante.Estas industrias de alta tecnología crecen alrededor de las áreas y núcleos urbanos principales y también alrededor de las redes de transporte y comunicaciones.La producción industrial de la UE tiene un problema fundamental: la falta de recursos energéticos (petróleo) y de materias primas, que han de ser importantes en gran medida.La búsqueda constante para conseguir unos costes de producción cada vez más bajos ha significado el traslado de la fabricación a países extracomunitarios.6. Los servicios, el comercio y las comunicaciones en la Uníón Europea 6.1 Hacia una economía de servicios Los países de la UE obtienen la mayor parte de la riqueza y ocupan más del 65% de la población activa en el sector de servicios, con actividades como el comercio, los transportes…El desarrollo tecnológico tan extraordinario de las 2 últimas décadas ha permitido una enorme producción de bienes agrícolas e industriales que cada vez necesitan menos mano de obra, y por eso una parte importante de la población activa se va desplazando hacia las actividades de servicios.Las sociedades avanzadas generan actividades nuevas relacionadas con necesidades sociales, con la investigación, los servicios financieros, las redes de comunicación o los procesos informáticos. 6.2 El comercioLos intercambios comerciales entre los países miembros de la Uníón Europea y de esta con el resto del mundo, cogen un gran volumen. 6.3 Los transportes La UE tiene una potente red de transportes y centra una parte de su política comunitaria a mejorar y actualizar esta red, y también a homogeneizarla en todos los países miembros.La mayoría del transporte de la UE se hace por carretera. La UE está desarrollando un programa especial para unificar los tramos de autopistas y autovías de todos los países comunitarios.La UE también tiene previsto mejorar la red ferroviaria con el Plan General de Red de Alta Velocidad, en el cual se contemplan más de 25.000 Km de vía entre líneas nuevas y adaptadas.El transporte marítimo de mercancías entre los países de la UE representa un 90% del comercio con el resto del mundo. La UE destina una parte de su presupuesto a la creación de infraestructuras portuarias. El transporte aéreo es un elemento clave para el mercado único y la cohesión económica y social de la UE.7. El Estado español en la Uníón Europea 7.1 El Estado español en Europa Los primeros pasos de la construcción europea se hicieron sin contar con el Estado español que, como estaba sometido a un régimen dictatorial, no cumplía los requisitos exigidos por los estados fundadores del proyecto.En Febrero de 1979, se abrieron las negociaciones para la adhesión española a la CEE. Estas negociaciones se alargaron durante 7 años y se caracterizaron por la necesidad de adaptación de la economía española a la economía comunitaria.El Estado español solicitó tiempo para adaptarse en aspectos relacionados con la uníón aduanera y con el fin de determinados monopolios, para permitir la integración progresiva de algunos sectores productivos. 7.2 La CEE después de la incorporación española Con la entrada del Estado español y Portugal a la Comunidad Económica Europea en el 1986, este organismo pasó a tener 329 millones de habitantes.El Estado español tuvo 8 votos en el Consejo de Ministros, mientras que la Comisión Europea pasó a estar integrada por 17 comisarios, 2 de ellos españoles. Después de las ampliaciones, el Estado español sólo tiene un comisario y 54 diputados en el Parlamento Europeo de 736 miembros. 7.3 Balance de la incorporación del Estado español en la Uníón Europea El desarrollo económico y social del que disfruta hoy en día España es debido al proceso mismo de integración europea. La renta per capitá española, en el 1986, apenas llegaba a un 68% respecto a la media comunitaria, y en cambio actualmente se sitúa en el 97,7%, y las ayudas de la UE han creado unos 300.000 sitios de trabajo anuales en España. Un 90% de la inversión que recibe el Estado español del exterior procede de la Uníón Europea. 7.4 La utilización de los fondos europeosLos fondos comunitarios han contribuido al financiamiento de muchos proyectos en el Estado español:• La construcción del 40% de los tramos de autovía que atraviesan el Estado español.• Las ampliaciones de los aeropuertos de Madrid y Barcelona, el metro de Sevilla, la Ciudad de las Artes y las Ciencias de Valencia o la expansión del puerto de Las Palmas de Gran Canaria.• Programas educativos, de los cuales se han beneficiado 180.000 estudiantes.• La Tarjeta Sanitaria Europea, que asegura tratamiento médico y quirúrgico para los españoles que viajen a otros países de la UE.• La restauración del patio de los Leones de la Alhambra de Granada y del Monasterio de Guadalupe o la reconstrucción del Teatro del Liceo de Barcelona después de haberse incendiado.Tema 12: Organización política del territorio1. España: una monarquía parlamentaria 1.1 Que es una monarquía parlamentariaEspaña es una monarquía parlamentaria. El rey es el Jefe del Estado, pero el Gobierno es elegido por el Parlamento.Al Gobierno le corresponde la dirección de la política del Estado y puede disolver el Parlamento.1.2 La Corona La Corona, que ostenta en persona el rey, representa el Estado. El rey es árbitro y moderador de las instituciones.El rey no puede hacer leyes, no dirige políticamente el Estado ni puede juzgar. Tiene como función aconsejar, impulsar y advertir quien hace estas funciones: el Parlamento, el Gobierno y los tribunales de justicia.El cargo de rey es vitalicio y hereditario; además no se le pueden pedir cuentas por su actuación política y tampoco se le puede hacer dimitir. 1.3 La división de poderes Uno de los principios organizativos de las democracias parlamentarias en que se basa la forma de gobierno establecida en la Constitución española es la división de poderes.En el Estado español la función legislativa corresponde al Parlamento; La función ejecutiva al Gobierno; y la función judicial, a los jueces y a los tribunales de justicia. 1.4 El Parlamento En España el Parlamento se llama Cortes Generales. Está formado por dos cámaras: el Congreso de los Diputados y el Senado, escogidas por todos los ciudadanos cada 4 años. Las Cortes ejercen dos funciones fundamentales: la legislativa, que consiste en la elaboración y aprobación de las leyes, y la de control del Gobierno. Elige al Presidente del Gobierno y este propone los miembros del Gobierno, que son nombrados por el Rey. El Parlamento puede votar una moción de censura al Gobierno y a su Presidente, y retirarle la confianza. En este caso el Gobierno en pleno está obligado a presentar la dimisión al Rey. 1.5 El Gobierno El Gobierno de España lo forman el Presidente y los ministros.Es el órgano que fija los objetivos que se han de conseguir, y decide cuales son las estrategias y los medios para conseguir estos objetivos.Una vez determinadas estas estrategias y los medios que se han de seguir, el Gobierno las ejecuta a través de los Ministerios y de otros órganos de la Administración. 1.6 Jueces y tribunales de justicia La aplicación de las leyes la llevan a cabo los jueces y los tribunales de justicia, que son independientes de los otros poderes del Estado. 1.7 La participación política y los partidos políticos En el Estado español los ciudadanos / as eligen los miembros del Congreso y del Senado, los miembros de los parlamentos autonómicos y los regidores de los respectivos ayuntamientos, y también los miembros del Parlamento Europeo que corresponde de designar al Estado español. Los partidos políticos son los canales a través de los cuales los ciudadanos suelen participar en la vida política. En España hay numerosos partidos políticos, que pueden ser de ámbito estatal o de ámbito autonómico.2. El Estado de las Autonomías 2.1 Modelos de organización territorial:
El Estado de las Autonomías Han existido dos grandes modelos de organización territorial del poder del Estado:• El centralista, basado en la existencia de un único centro con capacidad para decidir cual había de ser la política del Estado en todos los ámbitos de actuación.• El descentralizado, que admite la existencia de diversos centros de decisión política. /El modelo centralista es el que imperó en España desde el comienzo del s. XVIII hasta la Constitución de 1978, con la excepción del periodo de la Segunda República. A partir de 1978 se establecíó en España el llamado Estado de las Autonomías, es decir, un Estado políticamente descentralizado formado por diferentes comunidades autónomas.La Constitución reconoce que España está integrada por territorios con diferentes lenguas, tradiciones y culturas. Algunas de estas comunidades ya habían tenido autonomía durante el periodo de la Segunda República(1931-1939). 2.2 España y las comunidades autónomas La Constitución afirma que España es un Estado unitario y reconoce un principio de autonomía en cada Comunidad y delega una parte de la soberanía del Estado. La Constitución ha reservado al Estado la competencia de decidir la política que se ha de seguir en una serie de ámbitos en los que solo el Estado puede fijar objetivos y prever medios para conseguirlos. Esto pasa en las relaciones internacionales , en el sistema monetario…La Constitución también prevé que las comunidades autónomas, a través de sus estatutos de autonomía, puedan asumir competencias en otros ámbitos, como agricultura, ganadería… En estos ámbitos las comunidades autónomas pueden fijar sus propias opciones políticas y aplicarlas por medio de su Administración. El Tribunal Constitucional es el encargado de resolver los conflictos que puedan surgir entre el Estado y las comunidades autónomas relativos al reparto de competencias. 2.3 Mapa del Estado de las Autonomías En España hay 17 comunidades autónomas y dos ciudades que también tienen un régimen especial de autonomía.Para poder ejercer sus competencias, todas las comunidades autónomas tienen sus propios órganos o instituciones de autogobierno:• Un Parlamento, que es elegido por los ciudadanos / as de la Comunidad cada 4 años. Esta institución es la encargada de dictar las leyes de la Comunidad Autónoma y controla al Presidente y al Gobierno.• Un Presidente, elegido por los miembros que forman el Parlamento.• Un Gobierno, que se encarga de fijar las políticas que se han de seguir.• Una Administración, formada por un conjunto de órganos que tienen como funciones aplicar las políticas dictadas por el Gobierno. 4. La organización territorial de Cataluña 4.1 La organización territorial de Cataluña La Constitución española y el Estatuto de Autonomía de Cataluña prevén la organización territorial de nuestra Comunidad:• Según la Constitución, Cataluña se divide en 4 provincias que son las unidades administrativas que organizan el territorio español y que están constituidas por la agrupación de muchos municipios. La provincia tiene 3 funciones: es el ámbito electoral del Estado, sirve de división territorial de la Administración del Estado central y es la entidad local de más alto rango que tiene como función cooperar con los municipios. El gobierno de las provincias es a cargo de las diputaciones provinciales.• Según el Estatuto de Autonomía del 2006, Cataluña tiene capacidad para organizar su territorio en municipios y comarcas. 4.2 Los municipios El municipio es la unidad territorial básica a partir de la cual se define la organización territorial de Cataluña.En Cataluña se crearon durante la Edad Media. Los municipios son las unidades territoriales y administrativas más elementales del Estado. Cataluña está formada por 946 municipios. Un municipio puede estar formado por uno o más núcleos de población y se rige a través de la Administración local o municipal que es la que puede solucionar muchos de sus problemas de la mejor forma y más rápidamente.La Administración municipal se ejerce en todo el ámbito territorial en el cual un Ayuntamiento tiene competencias. El gobierno de un municipio es responsabilidad del Ayuntamiento, y está formado por el alcalde y los regidores.Éstos son elegidos democráticamente. El pueblo elige los regidores por medio de votación y estos eligen al alcalde. La capital del municipio es la localidad donde tiene la sede el Ayuntamiento.Los municipios obtienen los medios suficientes para hacer sus funciones por un lado a través de los impuestos o tasas propios y por otro lado, por medio de los tributos que recaudan el Estado y la Comunidad Autónoma respectiva.La cantidad que reciben los ayuntamientos por parte de estos organismos depende del número de habitantes que tienen. 4.3 Las comarcas La comarca es una entidad local de carácter territorial formada por la agrupación de municipios. Tiene una personalidad jurídica propia y autonomía para hacer sus políticas.Orígenes y evolución de la división comarcal. Durante la Segunda República se propuso la división territorial de Cataluña en 38 comarcas, agrupadas en 9 regiones. La Generalitat aprobó este proyecto en el 1936, pero la Guerra Civil y la dictadura del general Franco impidieron que esta división territorial se llevara a cabo.Con el retorno de la democracia, la Generalitat de Cataluña volvía a tener capacidad para organizar su territorio en comarcas.En el año 1987 con la Ley de Organización Territorial de Cataluña se recuperó la división comarcal aprobada por la Generalitat republicana en 1936.En el año 1988 se crearon 3 nuevas comarcas. En el 1989 se reestructuraron los límites de algunas comarcas.Las nuevas propuestas. En el año 1995 el Parlamento aprobó un Plan territorial general, que divide Cataluña en 6 ámbitos territoriales: el ámbito metropolitano de Barcelona, las comarcas de Girona, el Camp de Tarragona, las Terres de l’Ebre, el ámbito de Ponent y las comarcas centrales.Los Consejos Comarcales Las funciones administrativas y de gobierno de la comarca corresponden al Consejo Comarcal, que está constituido por regidores de los municipios que forman la comarca. El número de miembros del Consejo Comarcal varia según la población de la comarca.Tiene las competencias que le atribuye el Parlamento, sobre ordenación del territorio, sanidad, servicios sociales, cultura, deporte, educación y medioambiente.
El Estado de las Autonomías Han existido dos grandes modelos de organización territorial del poder del Estado:• El centralista, basado en la existencia de un único centro con capacidad para decidir cual había de ser la política del Estado en todos los ámbitos de actuación.• El descentralizado, que admite la existencia de diversos centros de decisión política. /El modelo centralista es el que imperó en España desde el comienzo del s. XVIII hasta la Constitución de 1978, con la excepción del periodo de la Segunda República. A partir de 1978 se establecíó en España el llamado Estado de las Autonomías, es decir, un Estado políticamente descentralizado formado por diferentes comunidades autónomas.La Constitución reconoce que España está integrada por territorios con diferentes lenguas, tradiciones y culturas. Algunas de estas comunidades ya habían tenido autonomía durante el periodo de la Segunda República(1931-1939). 2.2 España y las comunidades autónomas La Constitución afirma que España es un Estado unitario y reconoce un principio de autonomía en cada Comunidad y delega una parte de la soberanía del Estado. La Constitución ha reservado al Estado la competencia de decidir la política que se ha de seguir en una serie de ámbitos en los que solo el Estado puede fijar objetivos y prever medios para conseguirlos. Esto pasa en las relaciones internacionales , en el sistema monetario…La Constitución también prevé que las comunidades autónomas, a través de sus estatutos de autonomía, puedan asumir competencias en otros ámbitos, como agricultura, ganadería… En estos ámbitos las comunidades autónomas pueden fijar sus propias opciones políticas y aplicarlas por medio de su Administración. El Tribunal Constitucional es el encargado de resolver los conflictos que puedan surgir entre el Estado y las comunidades autónomas relativos al reparto de competencias. 2.3 Mapa del Estado de las Autonomías En España hay 17 comunidades autónomas y dos ciudades que también tienen un régimen especial de autonomía.Para poder ejercer sus competencias, todas las comunidades autónomas tienen sus propios órganos o instituciones de autogobierno:• Un Parlamento, que es elegido por los ciudadanos / as de la Comunidad cada 4 años. Esta institución es la encargada de dictar las leyes de la Comunidad Autónoma y controla al Presidente y al Gobierno.• Un Presidente, elegido por los miembros que forman el Parlamento.• Un Gobierno, que se encarga de fijar las políticas que se han de seguir.• Una Administración, formada por un conjunto de órganos que tienen como funciones aplicar las políticas dictadas por el Gobierno. 4. La organización territorial de Cataluña 4.1 La organización territorial de Cataluña La Constitución española y el Estatuto de Autonomía de Cataluña prevén la organización territorial de nuestra Comunidad:• Según la Constitución, Cataluña se divide en 4 provincias que son las unidades administrativas que organizan el territorio español y que están constituidas por la agrupación de muchos municipios. La provincia tiene 3 funciones: es el ámbito electoral del Estado, sirve de división territorial de la Administración del Estado central y es la entidad local de más alto rango que tiene como función cooperar con los municipios. El gobierno de las provincias es a cargo de las diputaciones provinciales.• Según el Estatuto de Autonomía del 2006, Cataluña tiene capacidad para organizar su territorio en municipios y comarcas. 4.2 Los municipios El municipio es la unidad territorial básica a partir de la cual se define la organización territorial de Cataluña.En Cataluña se crearon durante la Edad Media. Los municipios son las unidades territoriales y administrativas más elementales del Estado. Cataluña está formada por 946 municipios. Un municipio puede estar formado por uno o más núcleos de población y se rige a través de la Administración local o municipal que es la que puede solucionar muchos de sus problemas de la mejor forma y más rápidamente.La Administración municipal se ejerce en todo el ámbito territorial en el cual un Ayuntamiento tiene competencias. El gobierno de un municipio es responsabilidad del Ayuntamiento, y está formado por el alcalde y los regidores.Éstos son elegidos democráticamente. El pueblo elige los regidores por medio de votación y estos eligen al alcalde. La capital del municipio es la localidad donde tiene la sede el Ayuntamiento.Los municipios obtienen los medios suficientes para hacer sus funciones por un lado a través de los impuestos o tasas propios y por otro lado, por medio de los tributos que recaudan el Estado y la Comunidad Autónoma respectiva.La cantidad que reciben los ayuntamientos por parte de estos organismos depende del número de habitantes que tienen. 4.3 Las comarcas La comarca es una entidad local de carácter territorial formada por la agrupación de municipios. Tiene una personalidad jurídica propia y autonomía para hacer sus políticas.Orígenes y evolución de la división comarcal. Durante la Segunda República se propuso la división territorial de Cataluña en 38 comarcas, agrupadas en 9 regiones. La Generalitat aprobó este proyecto en el 1936, pero la Guerra Civil y la dictadura del general Franco impidieron que esta división territorial se llevara a cabo.Con el retorno de la democracia, la Generalitat de Cataluña volvía a tener capacidad para organizar su territorio en comarcas.En el año 1987 con la Ley de Organización Territorial de Cataluña se recuperó la división comarcal aprobada por la Generalitat republicana en 1936.En el año 1988 se crearon 3 nuevas comarcas. En el 1989 se reestructuraron los límites de algunas comarcas.Las nuevas propuestas. En el año 1995 el Parlamento aprobó un Plan territorial general, que divide Cataluña en 6 ámbitos territoriales: el ámbito metropolitano de Barcelona, las comarcas de Girona, el Camp de Tarragona, las Terres de l’Ebre, el ámbito de Ponent y las comarcas centrales.Los Consejos Comarcales Las funciones administrativas y de gobierno de la comarca corresponden al Consejo Comarcal, que está constituido por regidores de los municipios que forman la comarca. El número de miembros del Consejo Comarcal varia según la población de la comarca.Tiene las competencias que le atribuye el Parlamento, sobre ordenación del territorio, sanidad, servicios sociales, cultura, deporte, educación y medioambiente.
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