14 Jun

Fuentes para la Industria: patentes, modelos de utilidad, diseños y normas.
Informes de prospectiva tecnológica
Son informes que recogen las tendencias tecnológicas más relevantes para el futuro del desarrollo económico y social. Sirven como apoyo a la toma de decisiones de carácter tecnológico tanto en el ámbito público como empresarial.
Otros Informes técnicos o de Investigación
Son documentos que describen las propuestas o los resultados obtenidos en el ámbito de una investigación o el Estado de una cuestión científica o técnica.
3.5.1. Invenciones: patentes y modelos de Utilidad
LAS MODALIDADES DE PROTECCIÓN INDUSTRIAL
Invenciones
Ley 11/1986 de patentes y modelos de utilidad
¯Patente (Invención): es el título otorgado por un organismo oficial sobre el fruto de una invención que describe a ésta con detalle y que protege jurídicamente a su inventor, que posee el monopolio al menos 20 años.
Se caracteriza porque se le exige novedad mundial.
Una patente puede ser un método de fabricación, un procedimiento, una máquina, un producto, etc.
¯Modelo de utilidad (Invención): la diferencia con la patente viene caracterizada ante todos porque es de menor rango inventivo y se le exige novedad nacional.
El periodo de monopolio es menor, 10 años.
Puede ser un utensilio, un instrumento, un aparato o parte del mismo.
Se define por la utilidad y la practicidad, nunca por la estética.
3.5.2. Diseño Industrial
LAS MODALIDADES DE PROTECCIÓN-INDUSTRIA
Diseño Industrial
Ley 20/2003 de protección del diseño industrial
¯ Diseño Industrial: el diseño industrial se concibe como un tipo de innovación formal referido a las características de apariencia del producto en sí o de su ornamentación.
La duración del registro es de cinco años contados desde la fecha de presentación, renovables por periodos sucesivos de cinco años hasta un máximo de 25.
3.5.3. Las Normas
UNE
(Una Norma Española)
La especificación técnica de aplicación repetitiva o continuada cuya observaciones no es obligatoria, establecida con participación de todas las partes interesadas, que aprueba un organismo reconocido, a nivel nacional o internacional, por su actividad normativa.
Lección 3.6. Fuentes Oficiales
3.6.1. Fuentes Gubernamentales y sus publicaciones (los boletines oficiales)
El término “publicaciones oficiales” se aplica al conjunto de documentos y obras, en general, publicadas por orden o a expensas de organismos oficiales del Estado, y que están en relación con las actividades del mismo.
Se puede hacer una división de las publicaciones oficiales en función de su accesibilidad y fines principales.
a) Documento generados por la Administración y derivados de su actividad en el cumplimiento de sus fines legales pero no tienen difusión (bien por restricciones de acceso o por ser intrascendentes).
b) Publicaciones que salen a la luz con el propósito de difundir información de interés general. Este último grupo puede dividirse en varios tipos.
1. Publicaciones que recogen la actividad de los órganos del Estado, de las comunidades autónomas, diputaciones, etc. Son el Boletín Oficial del Estado (BOE), los Boletines de las Comunidades Autónomas, los Boletines de las Diputaciones Provinciales, y el Diario Oficial de la Comunidad Europea (DOCE). También los Boletines Oficiales del Registro Mercantil y del Registro de la propiedad Intelectual.
2. Información derivada de la actividad legislativa: leyes, decretos, etc.
3. Información derivada de la actividad judicial: jurisprudencia (sentencias).
4. Información derivada de la actividad de los registros públicos: registros mercantiles, registros de propiedad, registro de tráfico, registro de bienes inmuebles.
5. Información derivada de la actividad parlamentaria (diarios de sesiones, actas de plenos, etc).
3.6.2. Legislación y Tratados
Legislación
Conjunto o cuerpo de leyes por la cuales se gobierna un Estado, o una materia determinada (De. RAE).
Jurisprudencia
Conjunto de las sentencias de los tribunales, y doctrina que contienen y criterio sobre un problema jurídico establecido por una pluralidad de sentencias concordes.
Ley Orgánica
Son las leyes relativas al desarrollo de derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueban los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral y demás previstas en la constitución.
Leyes de Bases
Es la que contiene norma generales sobre una materia. En España las Cortes Generales pueden delegar en el Gobierno la potestad para dictar normas con rango de ley sobre materias determinadas (que no trata de leyes orgánica). La delegación legislativa se otorga mediante una ley de bases cuando su objeto es la formación de textos articulados.
Decreto
Aprueban disposiciones de carácter general pero inferior a la ley. Dentro de las disposiciones normativas están por encima de las órdenes.

Decreto legislativo
Son las disposiciones del Gobierno que contienen legislación delegada.
Decreto Ley
Cuando existe una circunstancia excepcional, el poder legislativo puede delegar en el poder ejecutivo el dictado de disposiciones legislativas provisionales que toman la forma de Decreto Ley y que deben ser sometidas inmediatamente a debate y a votación en el Congreso de los Diputados.
Tratados Internacionales
Acuerdo escrito entre distintos sujetos (Estados) y el Derecho Internacional.
¯Tratados de carácter político
¯ Tratados de carácter militar
¯ Tratados que afectan a la integridad territorial
¯Tratados que impliquen las obligaciones financieras para la Ha cienda Pública.
¿Qué es la legislación consolidad?
Es aquella que integra en el texto original de una norma o disposición las modificaciones y correcciones que ha tenido desde su origen. El sistema permite consultar las distintas redacciones que ha sufrido una norma desde la publicación.
3.6.3. Fuentes de tribunales y sus publicaciones (la jurisprudencia)
Las fuentes de Información Jurídica:
Los documentos doctrinales
Son las sentencias del Tribunal Supremo que constituyen doctrina legal y que genera desarrollo científico.
Tipos de documentos doctrinales
¯Las sentencias declaran la resolución del juez. Resuelven sobre el objeto o los asuntos principales o de fondo.
¯Los autos son resoluciones que afectan a los intereses de los litigantes pero diferentes del objeto principal del proceso, con lo que deciden sobre aspectos formales.
¯Las providencias son actas administrativas a trámite y ordenación material del proceso.
3.6.4. Fuentes registrales
Los registros mercantiles recogen la inscripción de diversos actos que pertenecen a la vida de las empresas, y que se encuentran en los registros mercantiles provinciales, en el R.M. Central y el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Están bajo la dependencia del Ministerio de Justicia sobre las empresas, y afectan a comerciales, empresas individuales (autónomos) sociales y otras entidades que actúan en el tráfico Mercantil.
Registros de la propiedad
Son organismos que dependen de Ministerio de Justicia, y su objeto es inscribir o anotar actos, contratos y resoluciones judiciales que afectan a la propiedad y a otros derechos sobre bienes inmuebles.
Registro de Bienes Muebles
Dependen del Ministerio de Justicia y tienen la misma publicidad que lo registros de la propiedad. Se inscriben los bienes muebles (buques, aeronaves, automóviles, maquinaria, Industrial) y también los actos, contratos o resoluciones judiciales que les afecten (Ej: embargo).
•Información derivadas de la actividad parlamentaria (diario de sesiones, autos, actos de plenos, etc).
Agencia Estatal del BOE
BOE
(Boletín Oficial del Estado)
BORME
(Boletín Oficial del Registro Mercantil)
BOPI
(Boletín Oficial de la Propiedad Intelectual)
3.6.5. Las Cortes Generales y sus publicaciones: Diario de sesiones y boletines oficiales
Congreso de los Diputados (Diario de Sesiones): Pleno; Diputación; Comisiones; Comisiones de Investigación; Comisiones Mixtas; Sesiones conjuntas.
•Boletín oficial del Congreso: Serie A:
proyectos de ley; Serie B: proposiciones de ley; Serie C: tratados y convenios Internacionales; Serie D: general.
Lección 3.7. Fuentes estadísticas
La estadística es toda colección de datos numéricos que representan de una manera ordenada y sistemática y que hacen referencia a una población como conjunto de personas o cosas.
La estadística requiere observar los elementos que estudia. Cuando se observan todos los elementos de la población se realiza una observación exhaustiva.
Cuando la población es muy grande o el coste de realizar la observación es muy elevado se realiza una observación parcial.
Instituto Nacional de estadística
Organismo de la administración del Estado dedicado a realizar grandes operaciones estadísticos y a coordinar las que deben hacer otras entidades.
Censos estadísticos (cubren toda la población)
Son operaciones estadísticas cuyo objetivo es conocer de manera exhaustiva la estructura de la población que se estudia. Por tanto, recoge información de los componentes de población (personas, viviendas, empresas, etc).
•Encuestas
Las encuestas (RAE) es un “conjunto” de preguntas tipificadas dirigidas a una muestra representativa, para averiguar estados de opinión o diversas cuestiones de hecho”.
a) Descriptivos: tiene como objetivo estimar los parámetros estadísticos básicos de la población o sus subdivisiones.
b) Opinión: tienen como objetivo averiguar o aclarar las opiniones que tienen los miembros de un grupo humano acerca de determinados temas.
•Repertorios
Recopilación de estadísticas estructuradas según algún tipo de orden.

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