24 Oct

Las prestaciones constituyen un derecho de contenido dinerario que, una vez reconocido, se integra en el patrimonio cuando se reúnen determinadas condiciones. Existen diferentes clases de prestaciones:

  • Pensiones: son prestaciones económicas de devengo periódico y de duración vitalicia hasta alcanzar una edad determinada.
  • Subsidios: son prestaciones de devengo periódico y de duración temporal.
  • Indemnizaciones: son prestaciones económicas abonables por una sola vez.
  • Otras prestaciones: como las prestaciones por desempleo y la protección familiar de carácter no económico. Además de las económicas, están la asistencia sanitaria, la prestación farmacéutica y los servicios sociales.

Las prestaciones económicas tienen las siguientes características:

  • Son públicas, intransferibles e irrenunciables.
  • Gozan de garantías frente a terceros.
  • Solo pueden ser embargadas.
  • Son de cobro preferente.
  • Tienen un tratamiento fiscal específico.

Prestaciones sanitarias

Tienen por objeto la prestación de servicios médicos y farmacéuticos. Son beneficiarios los trabajadores afiliados y en alta, así como los pensionistas. La efectividad del derecho se produce a partir del día siguiente de la prestación del alta.

Incapacidad Temporal

Son beneficiarios los trabajadores afiliados y en alta, con un periodo mínimo de cotización de 180 días dentro de los 5 años anteriores a la fecha de la baja. En caso de accidente o enfermedad, no se exige periodo mínimo de cotización. La cuantía varía según el tipo de incapacidad y su duración.

Riesgo durante el embarazo

Subsidio con la finalidad de proteger la salud de la mujer trabajadora. Se suspende el contrato de trabajo y se percibe una prestación económica desde el inicio de la suspensión hasta el descanso por maternidad o reincorporación al trabajo.

Riesgo durante la lactancia natural

Subsidio con la finalidad de proteger la salud de la mujer y del recién nacido. Se suspende el contrato de trabajo y se percibe una prestación económica desde el inicio de la suspensión hasta que el hijo cumpla nueve meses o se produzca la reincorporación al trabajo.

Subsidio de Paternidad

Beneficiarios: trabajadores con contrato, afiliación y alta, con un periodo mínimo de cotización. Duración: 13 días ininterrumpidos ampliables en dos más por cada hijo a partir del segundo o parto múltiple. 20 días cuando se trate de familias numerosas.

Cuidado de menores afectados por cáncer o enfermedad

Beneficiarios: trabajadores por cuenta ajena o propia, afiliados y en alta que acrediten el periodo de cotización exigido para la prestación de maternidad contributiva. Cuantía: 100% de la base reguladora. Duración: equivalente a los periodos de reducción de la jornada durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad del menor, y como máximo hasta los 18 años.

Incapacidad Permanente

Es la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones en su capacidad laboral. Existen diferentes grados de incapacidad permanente.

Lesiones permanentes o invalidantes

Indemnización que se concede por una sola vez a causa de una lesión, mutilación o deformidad causada por accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Prestaciones por desempleo

Protege la contingencia de desempleo en la que se encuentran quienes pierden el empleo de forma temporal o definitiva. Duración y cuantía de la prestación dependen del periodo de ocupación cotizada.

Jubilación

Es la prestación económica que se reconoce una vez alcanzada la edad establecida y acreditado el periodo de cotización. Existen diferentes modalidades de jubilación.

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