18 Feb

Medidas de Prevención y Protección en el Entorno Laboral

Medidas de Prevención

Conjunto de acciones implementadas en todas las fases de la actividad empresarial para evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. Actúan directamente sobre los riesgos para prevenir su materialización.

Medidas de Protección

Medidas adoptadas para eliminar, minimizar o disminuir los daños que los riesgos pueden causar a los trabajadores. No actúan sobre el riesgo en sí, sino sobre sus posibles consecuencias.

  • Protección colectiva: Intervienen sobre el medio de transmisión del riesgo.
  • Protección individual (EPI): Última medida de protección. Actúa directamente sobre el trabajador. Son equipos destinados a ser llevados o sujetados por el trabajador para protegerse de los riesgos. No se consideran EPI la ropa de trabajo corriente o uniformes que no protejan la salud. Los EPI deben tener el marcado CE y disponer de manual de instrucciones. El empresario está obligado a proporcionarlos gratuitamente y a explicar su funcionamiento.

Secuencia de Actuación en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

  1. Implementar medidas de prevención para evitar riesgos en origen.
  2. Evaluar los riesgos que no se han podido evitar.
  3. Aplicar medidas de protección colectiva.
  4. Utilizar equipos de protección individual (EPI).

Señalización y Dispositivos de Seguridad

Elementos clave para la prevención de accidentes:

  • Barandillas y redes de seguridad: Previenen caídas de trabajadores u objetos.
  • Dispositivos de seguridad en máquinas: Evitan maniobras peligrosas.
    • Doble mando: Requiere pulsar dos botones para funcionar, impidiendo el acceso a zonas peligrosas.
    • Detector de presencia (célula fotoeléctrica): Detiene el funcionamiento ante la presencia humana.
    • Resguardos de las máquinas: Impiden el contacto con partes móviles, evitando atrapamientos.
  • Ventilación: General (para toda una planta) o focalizada (en puntos específicos), para evitar la presencia de agentes contaminantes.

Principios de la Acción Preventiva

  • Evitar los riesgos.
  • Evaluar los riesgos inevitables: Determinar la probabilidad y la severidad de los daños.
  • Combatir los riesgos desde su origen.
  • Sustituir lo peligroso por alternativas menos riesgosas.
  • Planificar la prevención y la protección.
  • Priorizar la protección colectiva sobre la individual.
  • Proporcionar instrucciones adecuadas a los trabajadores.
  • Adaptar el trabajo a la persona (ergonomía).
  • Considerar la evolución de la técnica.

Responsabilidades en PRL: Empresario y Trabajador

Plan de Prevención de Riesgos Laborales

La empresa está obligada a elaborar un plan que defina:

  • Qué acciones se deben realizar.
  • Cómo se deben realizar.
  • Qué recursos son necesarios.
  • Quién es el responsable de cada acción.
  • Cuándo se deben llevar a cabo las acciones.

Evaluación de Riesgos (Metodología INSST)

Etapas:

  1. Clasificación de las actividades de trabajo.
  2. Análisis de riesgos: Identificación, estimación y valoración del riesgo.

Obligación de todas las empresas para todos los riesgos que no se pueden evitar.

Niveles de Riesgo:

  • Trivial: No requiere acción específica.
  • Tolerable: No necesita mejora preventiva inmediata, pero se pueden considerar mejoras económicas. Requiere comprobaciones periódicas.
  • Moderado: Requiere esfuerzos para reducir el riesgo, con inversiones y plazos definidos.
  • Importante: No se debe comenzar el trabajo hasta reducir el riesgo. Pueden necesitarse recursos considerables.
  • Intolerable: No se debe comenzar ni continuar el trabajo hasta reducir el riesgo.

Derechos y Deberes en PRL

Todo derecho conlleva una obligación correlativa.

Información:

  • Derecho del trabajador: Recibir información sobre los riesgos y medidas preventivas.
  • Deber del trabajador: Respetar las normas de prevención.

Formación:

  • Derecho del trabajador: Recibir formación en PRL.
  • Deber del trabajador: Utilizar correctamente máquinas, herramientas y equipos de seguridad.

Paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente:

  • Derecho del trabajador: Interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo.
  • Deber del trabajador: Informar al superior jerárquico de cualquier situación de riesgo.

Vigilancia de la salud:

  • Derecho del trabajador: Vigilancia periódica de su estado de salud.
  • Deber del trabajador: Velar por su seguridad y salud, la de sus compañeros y la de terceros.

Consulta y participación:

  • Derecho del trabajador: Ser consultado y participar en las decisiones sobre PRL.
  • Deber del trabajador: Cooperar con el empresario para garantizar la prevención y protección.

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