18 Feb
Medidas de Prevención y Protección en el Entorno Laboral
Medidas de Prevención
Conjunto de acciones implementadas en todas las fases de la actividad empresarial para evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. Actúan directamente sobre los riesgos para prevenir su materialización.
Medidas de Protección
Medidas adoptadas para eliminar, minimizar o disminuir los daños que los riesgos pueden causar a los trabajadores. No actúan sobre el riesgo en sí, sino sobre sus posibles consecuencias.
- Protección colectiva: Intervienen sobre el medio de transmisión del riesgo.
- Protección individual (EPI): Última medida de protección. Actúa directamente sobre el trabajador. Son equipos destinados a ser llevados o sujetados por el trabajador para protegerse de los riesgos. No se consideran EPI la ropa de trabajo corriente o uniformes que no protejan la salud. Los EPI deben tener el marcado CE y disponer de manual de instrucciones. El empresario está obligado a proporcionarlos gratuitamente y a explicar su funcionamiento.
Secuencia de Actuación en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
- Implementar medidas de prevención para evitar riesgos en origen.
- Evaluar los riesgos que no se han podido evitar.
- Aplicar medidas de protección colectiva.
- Utilizar equipos de protección individual (EPI).
Señalización y Dispositivos de Seguridad
Elementos clave para la prevención de accidentes:
- Barandillas y redes de seguridad: Previenen caídas de trabajadores u objetos.
- Dispositivos de seguridad en máquinas: Evitan maniobras peligrosas.
- Doble mando: Requiere pulsar dos botones para funcionar, impidiendo el acceso a zonas peligrosas.
- Detector de presencia (célula fotoeléctrica): Detiene el funcionamiento ante la presencia humana.
- Resguardos de las máquinas: Impiden el contacto con partes móviles, evitando atrapamientos.
- Ventilación: General (para toda una planta) o focalizada (en puntos específicos), para evitar la presencia de agentes contaminantes.
Principios de la Acción Preventiva
- Evitar los riesgos.
- Evaluar los riesgos inevitables: Determinar la probabilidad y la severidad de los daños.
- Combatir los riesgos desde su origen.
- Sustituir lo peligroso por alternativas menos riesgosas.
- Planificar la prevención y la protección.
- Priorizar la protección colectiva sobre la individual.
- Proporcionar instrucciones adecuadas a los trabajadores.
- Adaptar el trabajo a la persona (ergonomía).
- Considerar la evolución de la técnica.
Responsabilidades en PRL: Empresario y Trabajador
Plan de Prevención de Riesgos Laborales
La empresa está obligada a elaborar un plan que defina:
- Qué acciones se deben realizar.
- Cómo se deben realizar.
- Qué recursos son necesarios.
- Quién es el responsable de cada acción.
- Cuándo se deben llevar a cabo las acciones.
Evaluación de Riesgos (Metodología INSST)
Etapas:
- Clasificación de las actividades de trabajo.
- Análisis de riesgos: Identificación, estimación y valoración del riesgo.
Obligación de todas las empresas para todos los riesgos que no se pueden evitar.
Niveles de Riesgo:
- Trivial: No requiere acción específica.
- Tolerable: No necesita mejora preventiva inmediata, pero se pueden considerar mejoras económicas. Requiere comprobaciones periódicas.
- Moderado: Requiere esfuerzos para reducir el riesgo, con inversiones y plazos definidos.
- Importante: No se debe comenzar el trabajo hasta reducir el riesgo. Pueden necesitarse recursos considerables.
- Intolerable: No se debe comenzar ni continuar el trabajo hasta reducir el riesgo.
Derechos y Deberes en PRL
Todo derecho conlleva una obligación correlativa.
Información:
- Derecho del trabajador: Recibir información sobre los riesgos y medidas preventivas.
- Deber del trabajador: Respetar las normas de prevención.
Formación:
- Derecho del trabajador: Recibir formación en PRL.
- Deber del trabajador: Utilizar correctamente máquinas, herramientas y equipos de seguridad.
Paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente:
- Derecho del trabajador: Interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo.
- Deber del trabajador: Informar al superior jerárquico de cualquier situación de riesgo.
Vigilancia de la salud:
- Derecho del trabajador: Vigilancia periódica de su estado de salud.
- Deber del trabajador: Velar por su seguridad y salud, la de sus compañeros y la de terceros.
Consulta y participación:
- Derecho del trabajador: Ser consultado y participar en las decisiones sobre PRL.
- Deber del trabajador: Cooperar con el empresario para garantizar la prevención y protección.
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