14 Mar
Procedencia del Juicio de Amparo Indirecto
El juicio de amparo indirecto procede en los siguientes supuestos:
- Contra normas generales que, por su entrada en vigor, causen perjuicio al quejoso.
- Contra actos u omisiones de autoridades de tribunales judiciales.
- Contra actos, omisiones o resoluciones provenientes de un procedimiento seguido en forma de juicio.
- Contra actos fuera de juicio o después de concluidos.
- Contra actos de un juicio de imposible reparación.
- A favor de terceros extraños al juicio.
- Amparo de la víctima contra actos del Ministerio Público.
- Por determinación de competencia.
- En materia de competencia económica y telecomunicaciones.
Requisitos de la Demanda de Amparo Indirecto
La demanda de amparo indirecto deberá formularse por escrito o por medios electrónicos, y deberá contener:
- El nombre y domicilio del quejoso y del que promueve en su nombre.
- Nombre o domicilio del tercero interesado.
- La autoridad o autoridades responsables.
- Norma general, acto u omisión que de cada autoridad se reclame.
- Los hechos.
- Los preceptos.
- Los conceptos de violación.
- Suspensión.
Trámite del Juicio de Amparo Indirecto (Cuaderno Principal)
- El órgano jurisdiccional admite la demanda y señala día y hora para la audiencia constitucional dentro de 30 días.
- Se pide informe justificado a las autoridades responsables. Una vez rendido el informe:
- 15 días
- 25 días
- 3 días (cuando se trate de normas ya declaradas inconstitucionales por la SCJN)
- Admisión y ofrecimiento de pruebas.
- Audiencia constitucional, dividida en:
- Desahogo de pruebas.
- Alegatos.
- Dictado de sentencia.
Trámite del Juicio de Amparo Indirecto (Cuaderno Incidental o de Suspensión)
- El primer acuerdo que recae al cuaderno es la suspensión provisional.
- Se señala día y hora para la celebración de la audiencia incidental.
- Se le pide a la autoridad responsable que rinda su informe previo.
- Se ofrecen pruebas en el cuaderno de suspensión.
- Si niegan la suspensión:
- Provisional: se tramita recurso de queja.
- Definitiva: se tramita recurso de revisión.
Efectos de la Suspensión del Acto Reclamado
- Efecto conservativo: Al pedir la suspensión, las cosas se quedan tal cual, se conservan así.
- Efecto innovativo: Si el juez estima que se puede ganar el amparo a favor del quejoso, se le podrá otorgar la suspensión restituyéndolo parcialmente.
Procedencia del Juicio de Amparo Directo
Según el Artículo 170, procede:
- Contra sentencias definitivas y resoluciones que pongan fin al juicio por tribunales judiciales, administrativos, agrarios o del trabajo.
- Contra sentencias definitivas y resoluciones que pongan fin a juicio por tribunales contenciosos administrativos.
Trámite del Juicio de Amparo Directo (Autoridad Responsable y Tribunal Colegiado de Circuito)
- Ante la autoridad responsable:
- Otorga o niega la suspensión.
- Recibe la demanda.
- Corre traslado a todas las partes.
- Remite la demanda al Tribunal Colegiado de Circuito (TCC).
- Certifica al pie de la demanda.
- Ante el Tribunal Colegiado de Circuito:
- El TCC decide en 3 días si admite o desecha la demanda.
- Si admite la demanda, se notifica al tercero interesado para que en 15 días formule el amparo.
Recurso de Revisión: Actos, Interposición y Sustanciación
- Se interpone en 10 días.
- Se tramita ante el mismo órgano jurisdiccional.
- Procede en amparo indirecto contra:
- Suspensión definitiva.
- Modificación o revocación de la suspensión.
- Decisiones en el incidente de reposición en autos.
- Sobreseimiento fuera de la audiencia constitucional.
- Sentencia de audiencia constitucional.
- En amparo directo contra:
- Sentencias que resuelven la constitucionalidad de las normas generales.
Recurso de Reclamación: Actos, Interposición y Sustanciación
- Procede en contra de acuerdos de trámite dictados por el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
- Se expresan agravios.
- Se tramita ante el mismo órgano jurisdiccional.
- 3 días para interponerlo.
- 10 días para resolverlo.
Sentidos de una Sentencia de Amparo
- Amparo indirecto:
- Otorgan el amparo.
- Niegan el amparo.
- Sobreseimiento.
- Amparo directo:
- Para efectos: se elimina todo lo actuado con anterioridad, se borra o se retrotrae.
Preguntas y Respuestas Frecuentes
- ¿Cuál es la consecuencia procesal ante la omisión de la autoridad responsable en rendir informe previo en el cuaderno incidental?
Respuesta: Se presumen ciertos los actos reclamados para el solo efecto de la suspensión, sin considerar si son o no directamente inconstitucionales.
- ¿Qué recurso procede en contra de la resolución por la que se decreta la suspensión de plano en el juicio de amparo indirecto?
Respuesta: Recurso de queja.
- ¿En qué caso será admitida la contragarantía del tercero interesado en la suspensión del acto reclamado?
Respuesta: Cuando de ejecutarse el acto reclamado no quede sin materia el juicio de amparo.
- ¿Cuándo la suspensión del acto reclamado en el juicio de amparo indirecto sea decretada de oficio y el trámite sea de plano, en qué auto será dictada?
Respuesta: Auto admisorio de la demanda de amparo indirecto.
- En materia de suspensión del acto reclamado, ¿Cuáles pruebas se podrán ofrecer en el cuaderno incidental en el juicio de amparo indirecto?
Respuesta: La documental, inspección judicial y únicamente en los casos que se refiere el art. 15 ley de amparo, la testimonial.
- En el caso de la suspensión de oficio decretada de plano en el juicio de amparo indirecto, ¿En qué término las autoridades responsables deberán rendir informe previo?
Respuesta: 48 horas.
- ¿Cuál es el plazo para desahogar el auto de prevención de la demanda de amparo indirecto y la consecuencia de no realizarse?
Respuesta: 5 días y en caso de no hacerlo se tendrá por no presentada la demanda de amparo indirecto.
- ¿Cuál es el plazo que tiene la autoridad responsable para rendir el informe justificado?
Respuesta: 15 días con la posibilidad de ampliar el plazo por otros 10 días más.
- El acuerdo de prevención de la demanda de amparo indirecto obedecerá a:
Respuesta: Irregularidad en el escrito de demanda, no acompañar el documento que acredite su personalidad, no haber expresado con precisión el acto reclamado o no se hubiesen exhibido las copias necesarias de la demanda.
- ¿En qué momento el quejoso podrá tramitar la suspensión del acto reclamado?
Respuesta: En cualquier tiempo, mientras no se dicte sentencia ejecutoria.
- Es la parte del juicio de amparo que concurre al mismo a través de alegatos y cuyo interés es que siga vigente el acto reclamado:
Respuesta: Tercero interesado.
- ¿Cuál es el auto donde se ordena el requerimiento de informe justificado a la autoridad responsable?
Respuesta: El auto de admisión de la demanda de amparo.
- ¿Cuál es el recurso que procede si se dicta el desechamiento de la demanda de amparo indirecto?
Respuesta: Recurso de queja.
- ¿Cuál es la causa que establece la ley de amparo por las cuales se puede solicitar se difiera o se suspenda la audiencia constitucional, así como la parte procesal facultada para realizarlo?
Respuesta: El quejoso porque no tuvo la oportunidad de conocer con la debida anticipación el informe justificado.
- ¿Cuál es el recurso que procede cuando se decida sobre el incidente de daños y perjuicios?
Respuesta: Recurso de queja.
Relación de Conceptos
- Artículos 103 y 107 constitucionales: Fundamentos constitucionales del juicio de amparo.
- Artículo 17 de la Ley de Amparo: Fundamento legal donde se encuentran los plazos para interponer el juicio de amparo.
- Principio de estricto derecho: La demanda de amparo debe ser estudiada tal como fue presentada, sin posibilidad de ser modificada.
- Suplencia del error: El juez de amparo debe corregir la fundamentación legal del derecho humano que se dice violado en la demanda.
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