05 Ene
Carácterísticas de las Comunidades Autónomas
- Comunidades Autónomas es de carácter político
- Las Comunidades Autónomas se autogobiernan
- autonomía financiera para poder llevar a cabo las funciones propias de autogobierno.
- tienen personalidad jurídica propia y distinta del Estado
- elaborar leyes aplicables en su territorio autonómico.
- participan en los órganos y en las tareas generales del Estado
Los valores que la inspiran: principio de unidad, de la uníón
- Principio de unidad de la Nacíón.
- Principio de unidad en el orden económico y social.
- Principio de igualdad.
- Principio de solidaridad.
- Principio de cooperación.
Funciones del Parlamento
- Función legislativa:
- Función presupuestaria:
- Función de control del Gobierno autonómico.
- Elección del presidente del ejecutivo.
- Elección de los senadores autonómicos.
- Recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra leyes y actos con fuerza de ley del Estado.
- Aprobar o ratificar convenios de colaboración con otras Comunidades Autónomas.
Quienes gozan de entidad local, comarcas, etc
- Las entidades de ámbito territorial inferior al municipal, instituidas o reconocidas por las Comunidades Autónomas.
- Las comarcas u otras entidades que agrupen varios municipios, instituidas por las Comunidades Autónomas.
- Las áreas metropolitanas.
- Las mancomunidades de municipios.
Competencias exclusivas del estado y de las comunidades
Ejemplos de competencias atribuidas exclusivamente al Estado
• Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería.
• Relaciones internacionales.
• Defensa y Fuerzas Armadas.
• Legislación sobre propiedad intelectual e industrial.
• Legislación sobre pesas y medidas, determinación de la hora oficial.
• Legislación sobre productos farmacéuticos.
Ejemplos de competencias que pueden ser asumidas por las CCAA en virtud de sus Estatutos:
• Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.
• La gestión en materia de protección del medio ambiente.
• La agricultura y ganadería.
• Sanidad e higiene.
• Asistencia social.
• Ferias interiores.
Recursos financieros de las Comunidades Autónomas (ingresos compartidos, propios…)
Ingresos propios:
- Los impuestos que pueden establecer en sus respectivos territorios, las tasas y las contribuciones especiales.
- Las tasas son tributos que consisten en la prestación de servicios públicos
- Las contribuciones especiales son tributos que consisten en la obtención por el ciudadano de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes
- Los impuestos son tributos exigibles sin ninguna contraprestación, que consisten en la realización de negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica que pone de manifiesto la capacidad económica del ciudadano.
- Los ingresos que proceden del patrimonio de la Comunidad.
- Los ingresos producto de las operaciones de crédito con bancos, cajas y otras entidades financieras.
- Los ingresos producto de las multas y sanciones en el ámbito de su competencia.
Ingresos compartidos:
- Impuestos cedidos total o parcialmente por el Estado, recargos sobre impuestos estatales y otras participaciones en los ingresos del Estado.
Ingresos de nivelación:
- Asignaciones establecidas en las Leyes de los Presupuestos Generales del Estado y las asignaciones del Fondo de Compensación Interterritorial.
Otros ingresos:
- La financiación procedente de los fondos europeos.
Competencias de las entidades locales
- Las potestades reglamentarias y de autoorganización.
- Las potestades tributaria y financiera.
- La potestad de programación o planificación.
- Las potestades expropiatorias y de investigación, deslinde y recuperación de oficio de sus bienes.
- La presunción de legitimidad y la efectividad de sus actos.
- Las potestades de ejecución forzosa y sancionadora.
Atribuciones del alcalde
- Dirigir el Gobierno y la Administración municipal.
- Representar al ayuntamiento.
- El nombramiento de los tenientes de alcalde
- Convocar y presidir las sesiones del Pleno, y cuando en una votación se produzca empate, decidir con su voto de calidad.
- Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales.
- Aprobar los instrumentos de gestión urbanística y los proyectos de urbanización
- Dictar bandos.
- El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado, y disponer gastos dentro de los límites de su competencia.
- Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.
- Ejercer la jefatura de la Policía Municipal.
- Adoptar personalmente, y bajo su propia responsabilidad, en caso de catástrofe o de infortunios públicos o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas dando cuenta inmediata al Pleno.
- Ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos del ayuntamiento
Dos tipos de sufragio (activo y pasivo)
Sufragio activo
. Es el derecho a votar para elegir representantes.Sufragio pasivo
. Es el derecho a presentarse para ser elegido representante.
Funciones del pleno
- El control y la fiscalización de los órganos de Gobierno.
- Modificar el término municipal, la capital del municipio o el nombre de este.
- Aprobar el reglamento orgánico y las ordenanzas.
- Determinar los tributos.
- Aprobar y modificar los presupuestos.
- Aprobar la plantilla de personal y la cuantía de sus retribuciones.
- Aprobar los planes e instrumentos de ordenación urbanística
Normativa local, ordenanzas, reglamentos y bandos
Ordenanzas
Normas aprobadas en los Plenos de los ayuntamientos y diputaciones, que regulan un sector de actividad económica o normas de convivencia en el municipio. Por ejemplo, existen ordenanzas fiscales, de uso del suelo, de tráfico, etc. Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las administraciones locales 7- Reglamentos.
Normas aprobadas en los Plenos de ayuntamientos y diputaciones que regulan su funcionamiento. Bandos
Disposiciones de la alcaldía
Tributos, tasa e impuestos y contribuciones especiales
Tasas
: Son tributos que consisten en la prestación de servicios públicos -Recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de estos. -Limpieza de calles -Instalación de quioscos en la vía pública. – Guardería rural, etcétera.Contribuciones especiales
: Son tributos que consisten en la obtención por el ciudadano de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento -Apertura de calles y plazas -La primera pavimentación de calzadas y aceras. -La construcción de red de alcantarillado, etcétera.Impuestos:
Son tributos exigibles sin ninguna contraprestación, que consisten en la realización de negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica que pone de manifiesto la capacidad económica del ciudadano.
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