31 Ago

UNIDAD VI- DEL SALARIO

Salario significa la remuneración, sea cual fuere su denominación o método de cálculo que pueda evaluarse en efectivo, debida por un empleador a un trabajador en virtud de los servicios u obras que éste haya efectuado o debe efectuar, de acuerdo con lo estipulado en el contrato de trabajoSe estipulará libremente, pero no podrá ser inferior al que se establezca como mínimo de acuerdo con las prescripciones de la LeyA trabajo de igual valor, de la misma naturaleza o no, duración y eficacia, deberá corresponder remuneración igualLas horas extraordinarias de labor serán pagadas con un 50% (cincuenta por ciento) por lo menos, sobre el salario convenido para la jornada ordinaria.El trabajo nocturno será pagado con un 30% (treinta por ciento) sobre el salario ordinario fijado para el trabajo diurno. Las horas extraordinarias nocturnas serán pagadas con recargo del 100% (cien por ciento) sobre el salario hora ordinario nocturno.Las horas trabajadas en días feriados serán pagadas con recargo del 100% (cien por ciento) sobre el salario hora ordinario de día hábil.

Otras retribuciones

Las horas extraordinarias de labor serán pagadas con un 50% (cincuenta por ciento) por lo menos, sobre el salario convenido para la jornada ordinaria.El trabajo nocturno será pagado con un 30% (treinta por ciento) sobre el salario ordinario fijado para el trabajo diurno.Las horas extraordinarias nocturnas serán pagadas con recargo del 100% (cien por ciento) sobre el salario hora ordinario nocturno.Las horas trabajadas en días feriados serán pagadas con recargo del 100% (cien por ciento) sobre el salario hora ordinario de día hábil.

Aguinaldo

Es la remuneración anual complementaria equivalente a la 12ava parte de las remuneraciones devengadas durante al año calendario a favor del trabajador, en todo concepto. “salarios, horas extraordinarias, comisiones u otras”, la que será abonada antes del 31 de Diciembre o en el momento en que termine la reacción laboral si ocurre antes de fin de año.

Medios y formas de pago de salarios, descuentos embargabilidad


Art 231, Los salarios se abonaran en moneda de curso legal, queda prohibido el pago de los mismos en vales, pagares cupones fichas u otros signos representativos cualquiera con que se pretenda sustituir la moneda

Descuentos

El empleador no podrá deducir retener o compensar suma alguna que rebaje el importe de los salarios sino por los conceptos siguientesIndemnización de perdidas o daños en los equipos instrumentos productos, mercaderías, maquinarias e instalación del empleador, causados por culpa o dolo del trabajador y establecida en sentencia judicial (compensación)Anticipo de salario hecho por el empleador (deducción)Cuotas destinadas al seguro social obligatorio (retención)Pago de cuotas periódicas sindicales, cooperativas o mutualistas previa autorización escrita del trabajadorOrden de autoridad competente para cubrir obligaciones legales del trabajador (retención)

Embargabilidad

El salario puede ser embargado dentro de los siguientes limites hasta un 50 % para el pago de pensiones alimenticias en la forma que lo establece la ley hasta un 40% para pagar habitación donde vive el trabajador o los artículos alimenticios que hayan adquirido para su consumo o familia que vivan y dependan económicamente de el hasta un 25% en los demás casos, compras electrodomésticos muebles etc.No podrá sobrepasar en ningún caso el 50% del sueldo del trabajador.

Discriminación salarial

No se admitirá discriminación alguna entre los trabajadores por motivos étnicos de sexo, edad, religión condición social, preferencias políticas o sindicales, trabajo de personas limitadas o mentales serán especialmente amparados.

Salario mínimo

Es aquel suficiente para satisfacer las necesidades normales de la vida del trabajador consistente en alimentación, vestuario transporte, habitación, cultura y recreaciones honestas, considerándolo como jefe de familia.

Criterio de fijación y norma de protección salarial

El salario vital, mínimo y móvil será fijado periódicamente con el fin de mejorar el nivel de vida, tomando en cuenta los ciertos factores:El costo de vida de la familia obrera, El nivel general de salarios en el país, Las condiciones económicas El territorio de la República se dividirá en zonas urbanas y rurales, fijándose el salario mínimo de modo general para cada una de ellas La regulación de los tipos de salarios mínimos se hará a propuesta de un organismo denominado Consejo Nacional de Salarios Mínimos que funcionará en la sede de la Autoridad Administrativa del Trabajo

Bonificación familiar

Es el subsidio equivalente al 5% del salario mínimo que el empleador debe pagar al trabajador por cada hijo matrimonial extramatrimonial o adoptivo cuya crianza o educación tenga a sus expensas.

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