20 Mar

Tiempo de trabajo

Jornada



Duración:

Pactada en los convenios colectivos o Contratos de trabajo respetando el máximo legal.-Jornada MÁXIMA Ordinaria Þ40 horas/semana de trabajo efectivo (promedio en cómputo anual).-Jornada MÁXIMA ordinaria DIARIAÞHasta 9 horas/día, Salvo que el convenio colectivo establezca otra distribución

Descansos:.-Dentro de la jornada Si la jornada Continuada excede de 6 h, → 15’ (Trabajo efectivo si se establece en convenio o contrato).
Menores de 18 Años → 30’, Cuando la jornada exceda de 4h 30’..-Entre Jornadas→ 12 horas (Cambio de turno puede reducirse a 7 h).-Semanal (fin de semana)→ 1’5 días seguidos acumulable por períodos de hasta 14 días).
Menores De 18 años → 2 días seguidos.

Trabajo a turnos_.-Deben considerarse factores Ergonómicos y psicosociológicos.-
Descanso semanal Þ Se Podrá acumular por períodos de hasta 4 semanas el medio día de descanso o Separarlo para disfrutarlo otro díaTrabajo nocturno,-Período nocturno: Realizado entre las 22h y las 6h

Horas extraordinarias:.-


Realizadas sobre la duración máxima de la jornada ordinaria.-Su prestación es VOLUNTARIA, Salvo pacto individual o colectivo.-PROHIBIDAS para trabajadores nocturnos, Menores de 18 años y ciertos trabajos peligrososFiestas laborales:.-
Se fijan anualmente.-Tienen Carácter retributivo y no recuperable.-No podrán exceder de 14 al año.

Calendario laboral:.-

Fijado anualmente por la Empresa.-Tras consulta y previo informe de los representantes de los Trabajadores.-Contenido:Horario de trabajo,Distribución anual de días Laborales, festivos, descansos, jornadas y otros días inhábiles..-Acorde con la Regulación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (14 días en total)..-Deberá Exponerse en sitio visible en cada centro de trabajo.

Permisos retribuidos:


Previo aviso y justificación, el trabajador podrá ausentarse del trabajo, Con derecho a remuneración, por:-Matrimonio: 15 días naturales.-Nacimiento de Hijo o fallecimiento 2 días naturales ó 4 si se necesita desplazamiento.-Traslado De domicilio: 1 día.- Realización de exáMenes oficiales que deban realizarse Dentro de la jornada laboral: El tiempo indispensable.

Vacaciones:Art. 38 ET,


Duración Þ Pactada en forma individual o colectiva. Nunca inferior a 30 días naturales.-El calendario de vacaciones se fijará en Cada empresa.-El trabajador conocerá las fechas al menos 2 meses antes Su comienzo previsto. Por Convenio puede ampliarse.-El empresario no puede Alterar el calendario previsto (cabe indemnización)
.-
Acuerdo Empresario-trabajador según convenio colectivo sobre planificación anual de Las vacaciones.-Desacuerdo Þ Demanda ante la jurisdicción social en Procedimiento sumario-
No son sustituibles por compensación económica, Salvo en caso de extinción de contrato de trabajo que impida su disfrute.-Se Puede trabajar en otra empresa durante el periodo vacacional.

*Movilidad funcional:

de un Trabajador sólo será posible si existiesen razones técnicas u organizativas que La justificasen y por el tiempo imprescindible para su atención.-Funciones del Grupo profesional INFERIOR deberá estar justificado por necesidades perentorias O imprevisibles de la actividad productiva.-unciones del grupo profesional SUPERIOR por un período superior a 6 meses durante 1 año o a 8 durante 2 años, El trabajador podrá reclamar el ascenso.-Contra la negativa de la empresa a Conceder el ascenso, el trabajador podrá reclamar ante el Juzgado de lo Social, Previo informe de los representantes unitarios.-

* Movilidad geográfica

1)El traslado de Trabajadores que no hayan sido contratados específicamente para prestar sus Servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes a un centro De trabajo distinto de la misma empresa que exija cambios de residencia Requerirá la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o De producción que lo justifiquen. Notificada la decisión de traslado, El trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una Compensación por gastos, o la extinción de su contrato, Percibiendo una indemnización de veinte días de salario por año De servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un Año y con un máximo de doce mensualidades.3) Si por traslado uno de los Cónyuges cambia de residencia, el otro, si fuera trabajador de la misma Empresa, tendrá derecho al traslado a la misma localidad, si hubiera puesto de Trabajo

* La modificación Sustancial de las condiciones de trabajo:1)

La dirección de la empresa podrá acordar Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan Probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.
:

2.)

Las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo Podrán afectar a las condiciones reconocidas a los trabajadores en el Contrato de trabajo, en acuerdos o pactos colectivos3.
La decisión de modificación sustancial de Condiciones de trabajo de carácter individual deberá ser notificada Por el empresario al trabajador afectado y a sus representantes legales con una Antelación mínima de quince días a la fecha de su efectividad.  

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