03 Mar


*¿Qué dice el presente Código sobre la igualdad de trato?

No deben realizar actos discriminatorios en su relación con el público o con los demás agentes de la Administración. Deben otorgar a todas las personas igualdad de trato en igualdad de condiciones. *

Son deberes de la máxima autoridad los siguientes

A) asegurar las condiciones de trabajo para que la Comisión Institucional de Ética cumpla sus funciones; b) conducir en su ámbito una evaluación de la gestión de la ética conforme a un proceso coordinado por la Comisión Nacional de Ética Pública; c) garantizar los recursos humanos, materiales y financieros para que la Comisión cumpla con sus funciones conforme a la disponibilidad presupuestaria. D) observar y hacer observar las normas de ética.

*¿Cuál es la finalidad del Sistema de Gestión Pública?

a) integrar a los órganos, programas y acciones relacionados con la ética pública; b) contribuir en la implementación de políticas públicas tendiendo a la transparencia y al acceso a la información como instrumentos fundamentales para el ejercicio de la gestión de la ética pública; c) promover con el apoyo de los sectores pertinentes, la armonización e interacción de las normas, procedimientos técnicos y de gestión relativos a la ética pública; d) articular acciones con miras a establecer y hacer efectivos procedimientos de incentivos en el desempeño institucional en la gestión de la ética pública. *

¿qué es un Comité de Ética; como está integrado?

Es una instancia encargada de promover y liderar el proceso de implantación de la gestión ética en la institución, integrado por el/la Vicerrector/a, dos Directores Generales, dos Directores de Departamento y dos representantes de los servidores públicos.

*Que nos dice sobre la “Integración de la Comisión Institucional de Ética. ¿Designación”?

La Comisión Institucional de Ética estará integrada por tres miembros que reúnan requisitos de idoneidad, experiencia en la administración pública y notoria honorabilidad.

*Atribuciones del cómite institucional de ética:

a) aplicar el Código de Ética a los servidores públicos de la Universidad Nacional de Itapúa b) actuar como instancia consultiva de servidores públicos en el ámbito de sus respectivas instituciones c) resolver sobre las dudas respecto a la interpretación de sus normas d) recomendar, acompañar y evaluar en el ámbito en que estuviere vinculada e) representar a la Universidad Nacional de Itapúa en la Red de Ética del Poder Ejecutivo.

*¿Qué nos dice sobre la “Declaración de falta de ética”?

En caso de comprobarse la falta ética de la autoridad o servidor público afectado por una investigación sobre su conducta ética, la Comisión Institucional de Ética deberá dictar resolución fundada en el término de 15 (quince) días, declarando la responsabilidad ética por incumplimiento de los preceptos estatuidos en este Código u otras normas éticas.

*derechos Y Obligaciones de los Estudiantes de la Uní
a) conocer y cumplir las normativas que rigen en la Universidad b) ejercer el derecho de petición por los conductos debidos en forma escrita y respetuosa e) orientar su esfuerzo para ser un estudiante regular y perseverar en el conocimiento general de la carrera, asistiendo puntualmente a clases y realizando las tareas académicas asignadas. *19) ¿Qué nos dice sobre el “Incumplimiento o trasgresión del presente Código”? Ante el incumplimiento o trasgresión del presente Código, la Comisión Institucional de Ética queda facultada según sea el caso, para aplicar las sanciones establecidas en el Reglamento General para funcionarios y personales contratados

*¿Qué dice el presente Código sobre la igualdad de trato?

No deben realizar actos discriminatorios en su relación con el público o con los demás agentes de la Administración. Deben otorgar a todas las personas igualdad de trato en igualdad de condiciones. *

Son deberes de la máxima autoridad los siguientes

A) asegurar las condiciones de trabajo para que la Comisión Institucional de Ética cumpla sus funciones; b) conducir en su ámbito una evaluación de la gestión de la ética conforme a un proceso coordinado por la Comisión Nacional de Ética Pública; c) garantizar los recursos humanos, materiales y financieros para que la Comisión cumpla con sus funciones conforme a la disponibilidad presupuestaria. D) observar y hacer observar las normas de ética.

*¿Cuál es la finalidad del Sistema de Gestión Pública?

a) integrar a los órganos, programas y acciones relacionados con la ética pública; b) contribuir en la implementación de políticas públicas tendiendo a la transparencia y al acceso a la información como instrumentos fundamentales para el ejercicio de la gestión de la ética pública; c) promover con el apoyo de los sectores pertinentes, la armonización e interacción de las normas, procedimientos técnicos y de gestión relativos a la ética pública; d) articular acciones con miras a establecer y hacer efectivos procedimientos de incentivos en el desempeño institucional en la gestión de la ética pública. *

¿qué es un Comité de Ética; como está integrado?

Es una instancia encargada de promover y liderar el proceso de implantación de la gestión ética en la institución, integrado por el/la Vicerrector/a, dos Directores Generales, dos Directores de Departamento y dos representantes de los servidores públicos.

*Que nos dice sobre la “Integración de la Comisión Institucional de Ética. ¿Designación”?

La Comisión Institucional de Ética estará integrada por tres miembros que reúnan requisitos de idoneidad, experiencia en la administración pública y notoria honorabilidad.

*Atribuciones del cómite institucional de ética:

a) aplicar el Código de Ética a los servidores públicos de la Universidad Nacional de Itapúa b) actuar como instancia consultiva de servidores públicos en el ámbito de sus respectivas instituciones c) resolver sobre las dudas respecto a la interpretación de sus normas d) recomendar, acompañar y evaluar en el ámbito en que estuviere vinculada e) representar a la Universidad Nacional de Itapúa en la Red de Ética del Poder Ejecutivo.

*¿Qué nos dice sobre la “Declaración de falta de ética”?

En caso de comprobarse la falta ética de la autoridad o servidor público afectado por una investigación sobre su conducta ética, la Comisión Institucional de Ética deberá dictar resolución fundada en el término de 15 (quince) días, declarando la responsabilidad ética por incumplimiento de los preceptos estatuidos en este Código u otras normas éticas.

*derechos Y Obligaciones de los Estudiantes de la Uní
a) conocer y cumplir las normativas que rigen en la Universidad b) ejercer el derecho de petición por los conductos debidos en forma escrita y respetuosa e) orientar su esfuerzo para ser un estudiante regular y perseverar en el conocimiento general de la carrera, asistiendo puntualmente a clases y realizando las tareas académicas asignadas. *19) ¿Qué nos dice sobre el “Incumplimiento o trasgresión del presente Código”? Ante el incumplimiento o trasgresión del presente Código, la Comisión Institucional de Ética queda facultada según sea el caso, para aplicar las sanciones establecidas en el Reglamento General para funcionarios y personales contratados

*¿Qué dice el presente Código sobre la igualdad de trato?

No deben realizar actos discriminatorios en su relación con el público o con los demás agentes de la Administración. Deben otorgar a todas las personas igualdad de trato en igualdad de condiciones. *

Son deberes de la máxima autoridad los siguientes

A) asegurar las condiciones de trabajo para que la Comisión Institucional de Ética cumpla sus funciones; b) conducir en su ámbito una evaluación de la gestión de la ética conforme a un proceso coordinado por la Comisión Nacional de Ética Pública; c) garantizar los recursos humanos, materiales y financieros para que la Comisión cumpla con sus funciones conforme a la disponibilidad presupuestaria. D) observar y hacer observar las normas de ética.

*¿Cuál es la finalidad del Sistema de Gestión Pública?

a) integrar a los órganos, programas y acciones relacionados con la ética pública; b) contribuir en la implementación de políticas públicas tendiendo a la transparencia y al acceso a la información como instrumentos fundamentales para el ejercicio de la gestión de la ética pública; c) promover con el apoyo de los sectores pertinentes, la armonización e interacción de las normas, procedimientos técnicos y de gestión relativos a la ética pública; d) articular acciones con miras a establecer y hacer efectivos procedimientos de incentivos en el desempeño institucional en la gestión de la ética pública. *

¿qué es un Comité de Ética; como está integrado?

Es una instancia encargada de promover y liderar el proceso de implantación de la gestión ética en la institución, integrado por el/la Vicerrector/a, dos Directores Generales, dos Directores de Departamento y dos representantes de los servidores públicos.

*Que nos dice sobre la “Integración de la Comisión Institucional de Ética. ¿Designación”?

La Comisión Institucional de Ética estará integrada por tres miembros que reúnan requisitos de idoneidad, experiencia en la administración pública y notoria honorabilidad.

*Atribuciones del cómite institucional de ética:

a) aplicar el Código de Ética a los servidores públicos de la Universidad Nacional de Itapúa b) actuar como instancia consultiva de servidores públicos en el ámbito de sus respectivas instituciones c) resolver sobre las dudas respecto a la interpretación de sus normas d) recomendar, acompañar y evaluar en el ámbito en que estuviere vinculada e) representar a la Universidad Nacional de Itapúa en la Red de Ética del Poder Ejecutivo.

*¿Qué nos dice sobre la “Declaración de falta de ética”?

En caso de comprobarse la falta ética de la autoridad o servidor público afectado por una investigación sobre su conducta ética, la Comisión Institucional de Ética deberá dictar resolución fundada en el término de 15 (quince) días, declarando la responsabilidad ética por incumplimiento de los preceptos estatuidos en este Código u otras normas éticas.

*derechos Y Obligaciones de los Estudiantes de la Uní
a) conocer y cumplir las normativas que rigen en la Universidad b) ejercer el derecho de petición por los conductos debidos en forma escrita y respetuosa e) orientar su esfuerzo para ser un estudiante regular y perseverar en el conocimiento general de la carrera, asistiendo puntualmente a clases y realizando las tareas académicas asignadas. *19) ¿Qué nos dice sobre el “Incumplimiento o trasgresión del presente Código”? Ante el incumplimiento o trasgresión del presente Código, la Comisión Institucional de Ética queda facultada según sea el caso, para aplicar las sanciones establecidas en el Reglamento General para funcionarios y personales contratados

*¿Qué dice el presente Código sobre la igualdad de trato?

No deben realizar actos discriminatorios en su relación con el público o con los demás agentes de la Administración. Deben otorgar a todas las personas igualdad de trato en igualdad de condiciones. *

Son deberes de la máxima autoridad los siguientes

A) asegurar las condiciones de trabajo para que la Comisión Institucional de Ética cumpla sus funciones; b) conducir en su ámbito una evaluación de la gestión de la ética conforme a un proceso coordinado por la Comisión Nacional de Ética Pública; c) garantizar los recursos humanos, materiales y financieros para que la Comisión cumpla con sus funciones conforme a la disponibilidad presupuestaria. D) observar y hacer observar las normas de ética.

*¿Cuál es la finalidad del Sistema de Gestión Pública?

a) integrar a los órganos, programas y acciones relacionados con la ética pública; b) contribuir en la implementación de políticas públicas tendiendo a la transparencia y al acceso a la información como instrumentos fundamentales para el ejercicio de la gestión de la ética pública; c) promover con el apoyo de los sectores pertinentes, la armonización e interacción de las normas, procedimientos técnicos y de gestión relativos a la ética pública; d) articular acciones con miras a establecer y hacer efectivos procedimientos de incentivos en el desempeño institucional en la gestión de la ética pública. *

¿qué es un Comité de Ética; como está integrado?

Es una instancia encargada de promover y liderar el proceso de implantación de la gestión ética en la institución, integrado por el/la Vicerrector/a, dos Directores Generales, dos Directores de Departamento y dos representantes de los servidores públicos.

*Que nos dice sobre la “Integración de la Comisión Institucional de Ética. ¿Designación”?

La Comisión Institucional de Ética estará integrada por tres miembros que reúnan requisitos de idoneidad, experiencia en la administración pública y notoria honorabilidad.

*Atribuciones del cómite institucional de ética:

a) aplicar el Código de Ética a los servidores públicos de la Universidad Nacional de Itapúa b) actuar como instancia consultiva de servidores públicos en el ámbito de sus respectivas instituciones c) resolver sobre las dudas respecto a la interpretación de sus normas d) recomendar, acompañar y evaluar en el ámbito en que estuviere vinculada e) representar a la Universidad Nacional de Itapúa en la Red de Ética del Poder Ejecutivo.

*¿Qué nos dice sobre la “Declaración de falta de ética”?

En caso de comprobarse la falta ética de la autoridad o servidor público afectado por una investigación sobre su conducta ética, la Comisión Institucional de Ética deberá dictar resolución fundada en el término de 15 (quince) días, declarando la responsabilidad ética por incumplimiento de los preceptos estatuidos en este Código u otras normas éticas.

*derechos Y Obligaciones de los Estudiantes de la Uní
a) conocer y cumplir las normativas que rigen en la Universidad b) ejercer el derecho de petición por los conductos debidos en forma escrita y respetuosa e) orientar su esfuerzo para ser un estudiante regular y perseverar en el conocimiento general de la carrera, asistiendo puntualmente a clases y realizando las tareas académicas asignadas.

*¿Qué nos dice sobre el “Incumplimiento o trasgresión del presente Código”?

Ante el incumplimiento o trasgresión del presente Código, la Comisión Institucional de Ética queda facultada según sea el caso, para aplicar las sanciones establecidas en el Reglamento General para funcionarios y personales contratados

*17) ¿Cuáles son las Obligaciones del Personal Docente?

El personal docente de la Universidad Nacional de Itapúa deberá: a) ejercer la función docente de manera responsable, de acuerdo a la filosofía y modelo educativo institucionales y con apego a las normas éticas y morales de este ordenamiento; b) formar a sus estudiantes como individuos de bien, apegados a los valores institucionales, demostrando los mismos dentro de su quehacer diario con la palabra y el ejemplo; c) ser justo y objetivo en las evaluaciones; e) dar y recibir un trato digno y respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa

*14) ¿Qué nos dice sobre la “Declaración de falta de ética”?

En caso de comprobarse la falta ética de la autoridad o servidor público afectado por una investigación sobre su conducta ética, la Comisión Institucional de Ética deberá dictar resolución fundada en el término de 15 (quince) días, declarando la responsabilidad ética por incumplimiento de los preceptos estatuidos en este Código u otras normas éticas, cuando el afectado fuese un servidor público, debiendo remitir posteriormente los antecedentes del caso a la Máxima Autoridad de la Universidad Nacional de Itapúa, para adoptar las medidas pertinentes. Asimismo, cuando el afectado fuere alguna autoridad y a los efectos de que se adopten las medidas que correspondan, la Comisión Institucional de Ética deberá remitir los antecedentes del caso a la Comisión Nacional de Ética Pública, en un plazo de 10 (diez) días de haber conocido el hecho.

15) ¿Qué nos explica la “Competencia para la declaración de responsabilidad ética”?

a) Comisión Nacional de Ética Pública, en el caso de alguna autoridad; b) Comisión Institucional de Ética, en el caso de los servidores públicos. La declaración de responsabilidad ética por las infracciones éticas cometidas por miembros de la Comisión Institucional de Ética corresponderá a la Comisión Nacional de Ética Pública.

16) ¿Cuál es el plazo de conformación de la Comisión de Ética?

La Comisión Institucional de Ética de la Universidad Nacional de Itapúa deberá conformarse dentro del plazo de 6 (seis) meses contados desde la publicación del presente Código.

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