25 May

Regulación de la caza

La primera ley de caza en España data de principios del siglo pasado, pero la actualmente vigente es la Ley de Caza de 1970 y su Reglamento de 1971, si bien el artículo 36 de dicha Ley fue derogado por la Ley 4/1989 de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres. La legislación más reciente sobre la regulación de la caza se establece en la Ley 42/2007 de 13 de diciembre del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, cuyo artículo número 33 deroga a la Ley 4/1989.

Además, existen Reales Decretos como el 1095/1989, del 8 de septiembre, por el que se declaran las especies objeto de caza y pesca comerciales y se dictan normas al respecto; y el Real Decreto 137/1993, del 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

Por otra parte, con el objeto de regular el ejercicio de la caza y partiendo de la inserción de la caza en la política de conservación de los recursos naturales, en base a la consideración de las especies cinegéticas como patrimonio público, nació la Ley 2/89, de 6 de junio, de Caza del Principado de Asturias. Una de las finalidades primordiales de esta ley es la protección y conservación de las especies cinegéticas en su medio natural, mediante la adecuada ordenación del aprovechamiento cinegético.

Esta ley se divide en 6 capítulos:

  1. Capítulo I: Disposiciones Generales.
  2. Capítulo II: De los Terrenos Cinegéticos
  3. Capítulo III: De la Protección y Conservación de la Caza.
  4. Capítulo IV: Del Ejercicio de la Caza, de las Licencias y de los Permisos.
  5. Capítulo V: De la Administración, Vigilancia y Daños de la Caza.
  6. Capítulo VI: De las Infracciones, Sanciones e Indemnizaciones en Materia de Caza.

En cuanto a la legislación autonómica, también cabe citar el Decreto 32/90, del 8 de marzo, por el que se crea el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Fauna Vertebrada del Principado de Asturias, y se dictan normas para su protección. Por otra parte, la disposición general de vedas correspondiente a cada temporada, publicada antes del comienzo de la misma en el BOPA, recoge las consideraciones específicas que han de tenerse en cuenta en la misma.

Enfermedades de la caza

  • Carbunco: Es una enfermedad bacteriana producida por el Bacillus anthracis. Enfermedad que se conoce desde muy antiguo que provoca ampollas, hemorragias y sangre negra que no coagula. Se puede presentar en forma aguda o súbita y no existe tratamiento aunque sí vacuna.
  • Pasteurelosis: Es una enfermedad bacteriana producida por la Pasteurella multocida. Quizá sea la principal enfermedad mortal del corzo. Es una pleuroneumonía hemorrágica que normalmente se presenta en forma aguda. Se puede tratar con antibióticos pero no mediante vacunaciones, y menos en animales salvajes.
  • Tuberculosis: La provoca la bacteria Mycobacterium. Estas bacterias resisten los alcoholes y los ácidos, atacando a los mamíferos incluido el hombre. Las lesiones que provoca son tubérculos en los pulmones, pero también pueden aparecer en otras vísceras e incluso en los músculos. Se puede tratar a base de antibióticos como la estreptomicina.
  • Brucelosis: Las producen las bacterias del género Brucella. Ataca a la liebre afectando a los tejidos de los aparatos reproductores, en las hembras a los mamarios y placentarios y en los machos a los testiculares. Hay un antibiótico muy eficaz que es la tetraciclina. Se puede vacunar a los individuos jóvenes, los viejos conviene matarlos.
  • Peste porcina clásica y africana: Es una enfermedad vírica que se detectó en 1833 (la clásica), mientras que la africana entró en España en el año 1960. Afecta al jabalí como especie cinegética, y se puede presentar en forma aguda provocando hemorragia y muerte rápida o en forma crónica provocando un desmejoramiento del individuo. No existen tratamientos, y las vacunaciones están prohibidas. Es obligatorio notificar si hay una epidemia en una granja de animales domésticos, para sacrificar los animales y desinfectar.
  • Enfermedad de Aujeszky (o Pseudorrabia): Enfermedad vírica que ocasiona un picor que lleva a automutilaciones en carnívoros y en otros produce inflamaciones de órganos cerebrales y de la médula. Se presenta de forma aguda y no tiene tratamiento, aunque sí se puede prevenir con vacunas con virus muertos.
  • Enfermedad de New Castle (o Pseudopeste aviar): Enfermedad vírica que ataca a aves provocándoles debilidad, hemorragias o diarreas, pero también un proceso agudo en el que quedan alicaídas con plumas erizadas, con lo que son inmediatamente depredados. Se puede transmitir de animales domésticos a salvajes y no existe tratamiento, aunque sí que se realizan vacunaciones preventivas en granjas.
  • Mixomatosis: Enfermedad vírica que afecta a la liebre y al conejo. Los síntomas son la aparición de mixomas (quistes bajo la piel) y labios hinchados. Se trata de una enfermedad infectocontagiosa de rápida expansión. No existe tratamiento aunque sí vacunación. Se puede actuar sobre insectos vectores fumigando los vivares.
  • Enfermedad hemorrágica vírica (NHV): Se identificó en 1989. Afecta al conejo de monte adulto, no a gazapos. Se trata de una enfermedad mortal que provoca la muerte del animal en muy pocas horas. Los síntomas aparecen a las 12 horas de su contagio y a las 24 horas los animales se mueren. Provoca una disfunción de todos los órganos vitales a la vez con hemorragias. No existen tratamientos aunque sí vacunas.
  • Distomatosis: Enfermedad parasitaria provocada por el parásito Fasciola hepática que afecta a los rumiantes y se transmite por un caracol. Produce edemas en mandíbulas. El tratamiento es a base de fumigaciones de los prados y zonas encharcadas en los que habita el transmisor.
  • Estrongilosis: Provocada por gusanos estrongílidos que afectan a rumiantes provocando anemias. Parasita mucosas.
  • Triquinosis: Provocada por el trematodo Trichinella spiralis. Afecta a suidos y provoca quistes en músculos que pueden pasar al hombre con su ingestión y en el intestino. Produce fiebre y dolores musculares.

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