19 Ene
LECCIÓN 4
Los órganos del Estado encargados de las relaciones internacionales
Los estados se relacionan de forma continua e intensa, mientras antes las relaciones internacionales eran puntuales. Ahora, en cambio, son diarias y a veces tienen gran importancia. El estado se vale de un órgano o persona encargada de estas relaciones. Estos tienen funciones de cara al exterior además de otras muchas. No todos están creados únicamente para esta función (órganos centrales), aunque sí existen otros que responden únicamente a esta labor (órganos externos o periféricos).
+El Jefe del Estado y el Ministerio de Asuntos Exteriores:
El jefe del estado es el principal representante del Estado.
Puede a través de tratados comprometer a su nacíón, de forma que puede dar lugar a una obligación para su estado (acto unilateral) aunque no le obliga. Su función viene recogida en la Constitución Española en el Art. 63. Tiene capacidad para declarar la guerra, firmar la paz, ratificar tratados, nombrar y acreditar a los embajadores, así como de recibir a los de otros países. También tiene la posibilidad de llevar a cabo una misión especial (algo concreto, la agenda cerrada) para mantener relaciones internacionales sobre una determinada materia. Por ejemplo: un viaje oficial del rey aunque existan embajadores. En este caso se emplea la figura del rey para reforzar relaciones dada la necesidad de demostrar la cordialidad de estas relaciones, el esfuerzo de un país por mantener buena relación. Recibirá un trato especial, tienen garantizada la inviolabilidad de su persona y de su familia, además nadie podrá perturbar su bienestar. También goza de inmunidad, no tendrá que comparecer ante los tribunales de ese país, dependerá únicamente de su nacíón. Tiene inmunidad en la jurisdicción civil. Todo esto se debe a que ocupa un cargo importante, de forma que cuando lo abandone no gozará de nada de esto, al igual que su familia ya no tendrá ese status especial. Se desplazan más los jefes de gobierno que también disponen de privilegios y pueden comprometer al estado. El Ministro de Asuntos Exteriores es una figura que ha ganado progresivamente importancia en el ámbito internacional de forma que sus salidas son frecuentes, aunque antes sus funciones solo se desempeñaban dentro del ministerio. También puede comprometer al estado en actos unilaterales y es el encargado de firmar tratados internacionales, no de ratificarlos.
Sus competencias dentro de España son
-Diseñar la política exterior. -Decidir la relaciones con estados y organizaciones internacionales. -Defender los intereses nacionales en el extranjero para garantizar un buen trato en el exterior. -Defender los intereses españoles; Marca España. -Nombra a los funcionarios y determina las condiciones del ministerio. Es el jefe máximo y nombra al personal diplomático de exteriores. -Controla las direcciones generales de las embajadas.
+El servicio exterior:
No es los mismo ser cónsul que diplomático. Un funcionario de servicio exterior podrá estar destinado a lo largo de su vida como diplomático o como cónsul en muchas ocasiones pero, no tienen el mismo status, ni las mismas funciones y tareas, pero la persona será la misma.
-Agentes diplomáticos:
Los diplomáticos son la razón de ser de las relaciones internacionales. Todos ellos están homologados y tienen las mismas funciones recogidas en el Convenio de Viena de 1961.
Los diplomáticos son agentes que un estado envía a otro para desarrollar las relaciones internacionales de forma constante.
Se dividen en dos tipos de estados: el estado acreditante y el estado receptor. Entre ellos deben establecer una función democrática para garantizar las relaciones mutuas, tiene que haber un acuerdo entre ambos para abrir una embajada y los acuerdos pueden ser de distintas categorías (ver Art. 5). El acuerdo depende también del número de personas que forme parte de la embajada, por tanto, deben negociarlo. El estado receptor se encargará de los servicios de transporte, residencia, seguridad, etc. Así que deberá considerar sus circunstancias frente a este acuerdo. Son agentes que un estado envía a otro para desarrollar y organizar las relaciones entre ambos.
¿Cómo se inicia una misión diplomática?
Tras alcanzar un acuerdo, el ministro de Asuntos Exteriores del estado acreditante nombra al embajador; el estado receptor debe aceptar la elección de esa persona: si está a favor entregará un documento denominado plácet, y si está en contra el estado acreditante deberá buscar a otra persona para el cargo. Posteriormente, el jefe del estado entrega al estado receptor un documento firmado conocido como las cartas credenciales.
Después el jefe del estado receptor recibirá solemnemente al embajador que actuará en representación del otro país. Este acto de presentación de credenciales se entiende como el momento en que se inicia la función del embajador. / Una misión diplomática también cuenta con otras personas. En las embajadas grandes hay personas que no son diplomáticos, pero que asesoran en determinados ámbitos y mientras trabajen ahí desempeñaran esa función (militares) También hay personal administrativo o técnico. El jefe del personal administrativo se conoce como canciller. La embajada está en la capital, el consulado no.
Las funciones de los diplomáticos vienen recogidas en el Art. 3 del Convenio de Viena. Los artículos más importantes son el 2, 3, 4, 5, 9, 11, 12, 13, 15 y, a partir del 20 están los privilegios e inmunidades del diplomático (el estado receptor otorga un status, garantiza la inviolabilidad de su persona, los locales, el mobiliario, los bienes, además cuenta con facilidades fiscales). Si incumple el acuerdo, el estado receptor puede declararle persona non grata sin dar ninguna explicación. La misión diplomática suele durar 4 años. Pero también hay misiones que no son con estados sino con organizaciones internacionales (OTAN).
Funciones diplomáticas:–
Representar al estado acreditante ante el estado receptor. -Negociar con el estado receptor. Negocian todo. -Conocer la situación real en los ámbitos de los países receptores con los que tiene relaciones para proporcionar información a su ministerio. La diplomacia está relacionada con el espionaje. -Velar por los intereses del estado y de sus nacionales. -Intentar estrechar los lazos de cooperación entre ambos estados.
(NOTA: terminología diplomática en documento adjunto: llamada a consulta, cuerpo diplomático, encargado de negocios, agregado, carrera diplomática, placer, persona non grata)
Cónsules:
Los cónsules son agentes que un estado envía a varias ciudades de otro estado para que velen por los intereses del estado que los envía así como de sus nacionales. No tienen carácter representativo.
Tipos: –
Cónsules de carrera
Pertenecen al servicio exterior del país. Todos son funcionarios de la carrera diplomática. –
Cónsules honorarios
Cualquier persona nombrada por el estado para desempeñar ciertas funciones en ciudades donde hay poca actividad. Otras cuestiones deben resolverse a través de un cónsul de carrera.
Los dos estados tienen que estar de acuerdo para que haya misión consular.
Los consulados pueden estar en una ciudad o en varias. Se negocia en que lugares se van a establecer, de que categoría van a ser, etc. Tienen que acordar la circunscripción consular, es decir, el ámbito de actuación del cónsul. También acuerdan el número de personas del consulado dependiendo del tamaño de la misión. No tiene que haber reciprocidad (no tiene que haber el mismo número de cónsules en ambos estados). (Art. 2, 4, 18, 20 Convenio de Viena)
. El ministro de exteriores designa a los cónsules y el otro estado debe aceptar ese nombramiento, a esto se le llama exequato (visto bueno a ese jefe de la misión consular) Para que empiece a ejercer sus funciones se presenta un documento al ministro de exteriores (cartas de gabinete;
Art. 10/11
Estructura del consulado:–
Jefe de la misión: cónsul general de la más alta categoría (en las ciudades más grandes) en otras hay cónsules o subcónsules. -Otros cónsules: personal administrativo y técnico porque es un trabajo muy burocrático.
Funciones: –
Velar por los intereses del estado y de sus nacionales. -Cuestiones de visados, pasaportes. -Asistencia consular: prestar ayuda de forma muy diversa. Por ejemplo un traductor. Asistencia por dificultades que puede encontrarse en un país que no es el suyo. -Funciones propias de funcionarios: notarios, registradores, etc. -Buscar todo tipo de información para trasmitirla al ministerio (política, económica…). Emiten información al estado pero también a las empresas. -Cooperan con la justicia, tanto con el país como con los nacionales. Por ejemplo, en caso de detenciones, el cónsul tiene derecho a visitarlo o garantizar el derecho (si lo tiene) de comunicarle con la familia. -Debe garantizar que se cumple la legislación y las normas entre los dos estados que han establecido. -Los cónsules también pueden ser declarados personas non gratas. -Pueden ejercer la tutela de un menor. -Prestan la asistencia de un abogado o traductor para su defensa. -Tienen competencias en relación a los barcos o los aviones en caso de accidente o altercado.
Privilegios e inmunidades
Son distintas las de los cónsules de carrera que las de los honorarios. En el caso de estos últimos se garantiza su inviolabilidad siempre que estén separados los asuntos del consulado del resto de funciones. Un cónsul puede ejercer otra profesión, por lo que mientras ejerce de esa segunda profesión, por ejemplo de abogado, no tiene inviolabilidad. Los cónsules honorarios tienen pocos privilegios e inmunidades. No cobran por ser cónsules, solo se pagan los gastos que derivan de este cargo. Si se rompen las relaciones entre ambos estados o se cierra una misión diplomática, no quiere decir que tengan que cerrar los consulados.
LECCIÓN 6
La organización de las naciones unidas
Es una Organización de fines generales de vocación universal. Es una organización de cooperación. Anteriormente a las Naciones Unidas esta la Sociedad de Naciones, entre las cuales hay una serie de diferencias. +Sociedad de naciones:
-Se crea con el Tratado de la paz de Versalles, con lo cual quedaba vincula a la IGM. -Esta Sociedad de Naciones no exigía el hecho de ser un Estado para poder ser miembro de dicha organización. -En el pacto de la Sociedad de Naciones cabía la posibilidad de la retirada. -El pacto de la sociedad de Naciones exigía una unanimidad.
+Naciones Unidas
-Nace independiente a los tratados de paz y por lo tanto, a la IIGM. -Exigía el ser Estado para formar parte de ella. -La retirada no estaba prevista aquí. -No exigía una unanimidad, siempre mayoría simple o mayoría 2/3.
Antecedentes:
Hubo otra organización anteriormente a esta que fue la Sociedad de Naciones. La propia organización de las Naciones Unidas fue creada en 1945, en aquel entonces, la organización funcionaba mal ya que fue muy pretenciosa en determinadas cuestiones como las relativas a la toma de decisiones para la unanimidad. La organización de las Naciones Unidas comienza como fruto de determinadas declaraciones que se hicieron a consecuencia de la Guerra Mundial. Lo primero que se hizo fue una reuníón de ROOSVELT y CHURCHIL, para solventar los principios que los Estados deberían de asumir para poder vivir en paz, similar a lo que anteriormente había propuesto el presidente WILSON en 1918. Fruto de estas conversaciones, denominadas CARTAS DEL Atlántico en 1941,un años más tarde en el 1942, tiene lugar un acontecimiento más importante que es la firma de 21 Estados por la que se constituye las NACIONES UNIDAS. En esta declaración que firman los 21 Estados, sientan las bases de la política exterior (que se puede o no se puede hacer), en estos momentos aun no surge la idea de crear una nueva organización, sino que se trata de reconducir la política exterior. En el año 1943 en una reuníón celebrada en Moscú será cuando por primera vez, se hablara de la conveniencia para crear una nueva organización internacional, esa idea fue firmada por Gran Bretaña, EEUU, China y la URSS, en lo que se conoce como DECLARACIÓN DE MOSCÚ. Esta conferencia de expertos se reuníó en 1944 en Washington en la conferencia
DUMBARTON OAKS. Después hubo una nueva CONFERENCIA DE YALTA en 1945, donde se discuten cuestiones como que se podía hacer para reformar el Consejo de Seguridad.
En este caso estuvieron solamente la URSS, EUU y Gran Bretaña. A la CONFERENCIA DE SAN Francisco, acudieron 50 Estados, y lo que se hace aquí es pulir el texto de la carta para adoptar la Carta de Naciones Unidas, la denominada CARTA DE SAN Francisco. Junto con la carta se aprueba otro texto que es un anexo a la misma, se trata del Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia.
Detrás de la 4
Objetivos y principios:
El artículo 1 de la Carta de las Naciones Unidas desarrolla los objetivos: -Mantener la paz y la seguridad internacional, y toma de medidas eficaces para prevenir el quebrantamiento de la paz. -Desarrollar las relaciones amistosas entre las naciones, basadas en el principio de igualdad y en el de libre determinación de los pueblos. -Fomentar la cooperación internacional para resolver problemas económicos, sociales, culturales y humanitarios, haciendo especial hincapié en los DD.HH. -Coordinar los esfuerzos de las naciones para lograr los fines comunes. El artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas, desarrolla los principios: -Igualdad soberana de todos los Estados miembros. -Ejecución de la buena fe de las obligaciones contraídas. -La utilización de medios pacíficos(mediación, arbitraje, buenos oficios, arreglo judicial, negociación, conciliación) para resolver las diferencias entre Estados. -No emplear amenazas o usar la fuerza armada por parte de los Estados miembros, es decir, la no utilización de la guerra (este principio tiene gran importancia). -La obligación de colaborar en las acciones emprendidas por la ONU.
-Cuidar que los Estados que no son miembros de la ONU, actúen de acuerdo con estos principios. -La Carta no ha de intervenir en los asuntos internos de los Estados miembros a menos que lo que se esté jugando sea la paz y la seguridad internacional.
destras de la 6
+Suspensión:
Los miembros se pueden encontrar suspendidos en sus derechos de asociados por resolución de la Asamblea General por una mayoría de 2/3 con previa recomendación del Consejo de Seguridad. El Estado deja de disfrutar de los derechos inherentes a su condición de miembro. Esta suspensión va a durar durante el tiempo en el que el Consejo de Seguridad mantenga esas medidas contra el Estado, para que se produzca la suspensión, ha de ser aprobada por 9 miembros del Consejo de Seguridad (dentro de estos 9, deben de estar integrados los 5 permanentes). (Artículo 5 de la Carta de las Naciones Unidas). Ante la suspensión el Estado sigue manteniendo su estatus de Estado miembro. +Expulsión:
Los miembros se pueden encontrar expulsados por violar reiteradamente los principios de la Carta, también se establecerá por mayoría de 2/3, con previa recomendación del Consejo de Seguridad. En este caso la expulsión es definitiva. (Artículo 6 de las Naciones Unidas). Fuera de contexto el artículo 19 de la Carta de las Naciones Unidas. Habla de la posibilidad de un Estado pierda el derecho a voto en la Asamblea durante un periodo de tiempo, cuando este no paga. Aun así, siempre se tiene en cuenta cual es la situación por la que el país no paga, habrá especial atención y prudencia cuando este no paga por una imposibilidad económica. NO ES LA SUSPENSIÓN DE LA ORGANIZACIÓN, SINO QUE ÚNICAMENTE ES LA PÉRDIDA DEL DERECHO A VOTAR DE MANERA TEMPORAL.
Miembros:
En cuanto a los miembros Hay dos clases de miembros, aunque en la práctica da igual si un Estado es miembro originario o si es miembro admitido. Cuando se creó la organización ya se establecíó que países formaban parte de la organización, pero se dejaba abierta la posibilidad de una posterior adhesión de otros. +Los miembros originarios:
Son los 50 Estados que ratificaron la Carta de San Francisco, donde se establecen los requisitos que hay que cumplir para ser miembro, y los que crearon la Declaración de las Naciones Unidas de 1942 y posteriormente presentaron su conformidad con el nuevo organismo. (Artículo 3 de la Carta).
+Los miembros admitidos
Formado por aquellos Estados amantes de la paz que acepten las obligaciones consignadas en la Carta y que estén en condiciones de cumplirlas. El Estado interesado deberá de solicitar su admisión. (Para ser admitido deberá de obtenerse el voto favorable de 2/3 de la Asamblea y del Consejo de Seguridad). (Artículo 4 de la Carta). Los requisitos que se exigen son; Ser Estados, además de ser Estado se un Estado amante de la paz, y no solo vale conque el Estado se comprometa a cumplir los principios de la Carta sino que, la propia Organización también ha de dar el visto bueno. Una vez cumplido todo lo anterior comienza el prodecimiento.
El Estado los solicita a través de la secretaria. El procedimiento es conjunto, ya que se trata de muchas funciones de las Naciones Unidas que las ejercen la Asamblea General y el Consejo de Seguridad (con un acuerdo previo entre ellos). Respecto del Consejo de seguridad, resulta que tiene un procedimiento especial ya que para todas las cuestiones importantes (admitir un nuevo estado lo es) necesita que de los 15 miembros, 9 voten a favor, hasta ahí ningún problema, pero el problema es que dentro de estos 9 tiene que estar el voto de los 5 permanentes. En los artículos 12 y 13 de la Carta se establece una serie de situaciones en las que la Asamblea General necesita la aprobación de esta mayoría de 2/3, no de la mayoría simple.
Debemos se señalar las situaciones particulares de los Estados que no han conseguido o que no tienen el status de Estado miembro de pleno Derecho pero que si que pueden participar en los trabajos y sesiones de los órganos de Naciones Unidas, lo que estos países no obstentan es el derecho a votar, se denominan Estados observadores» (como por ejemplo, Palestina o el Estado del vaticano), en estos casos no es necesario que se pronuncie el Consejo de Seguridad, sino que únicamente basta con un acuerdo de la Asamblea General. Otras situaciones raras donde no son Estados se da, por ejemplo, en La orden de Malta que no es un estado, ya que no tiene territorio, pero tiene una subjetividad nacional (tiene capacidad de delegación, y embajadas). En los artículo 5 y 6 de la Carta de las Naciones Unidos se diferencia entre: Situado en los artículos 5 y 6 de la Carta de las Naciones Unidas.
Lección 7:
Órganos principales (ART. 7):
Los órganos principales son: la Asamblea General, la Secretaría General, el Consejo de Seguridad, el Consejo Económico y Social, el Consejo de Administración Fiduciaria y la Corte Internacional de Justicia. Aunque estos también pueden crear órganos subsidiarios.
Asamblea General:
La Asamblea General es el órgano plenario, es decir, el único que representa a los 193 estados y, además, es el encargado de recoger y codificar las costumbres internacionales. La Carta recoge que puede haber hasta 5 representantes de cada Estado aunque solo tendrán 1 voto. Todos los votos valen igual (estructura paritaria) (ART.9). Solo funciona en el «periodo ordinario de sesiones» (Septiembre-Diciembre). Solo hay una reuníón anual, no está siempre funcionando, pero también hay reuniones extraordinarias cuando el Consejo de Seguridad o la mayoría de los estados miembros lo consideran necesario (ART. 20) Anterior a esta reuníón, en Junio, se elige el presidente, el programa y el calendario del periodo. La primera sesíón se inicia con el debate general (dos días). Esta es la oportunidad de que todos ministros de asuntos exteriores expongan sus circunstancias aunque a veces también son los jefes de estado o gobierno. Después empieza el calendario previsto. La Asamblea General puede trabajar en plenos o comisiones sobre los puntos previstos para elaborar los proyectos de resolución que pasaran a votación. Existen 6 comisiones: -Comisión de desarme y seguridad internacional. -Comisión de asuntos económicos y financieros. -Comisión de asuntos sociales, culturales y humanitarios. -Comisión de política especial y descolonización. -Comisión de asuntos administrativos y presupuestarios. -Comisión de asuntos jurídicos.
Para velar por su funcionamiento y cumplimiento disponen de «la mesa» formada por el presidente de la Asamblea, los presidentes de las comisiones y 21 vicepresidentes que se reúnen periódicamente.
Toma de decisiones de la Asamblea General:–
Puede no haber votación, es decir, sería por consenso. -Para las cuestiones importantes en el ART.18 se fijan los temas que necesitan mayoría de dos tercios. -En las comisiones se aprueba por mayoría simple. Normalmente se pronuncia por recomendaciones pero las resoluciones adoptadas por consenso son obligatorias.
Competencias de la Asamblea General:–
ART.10 competencias generales. -Competencias relativas también al Consejo de Seguridad (ART. 11, 14, 96). -Competencias conjuntas (elección de los dos órganos a la vez): elección del secretario, admisión, suspensión y elección de miembros (ART.18). -Competencias comunes (o lo decide un órgano o el otro): solución de controversias, mantenimiento de la paz y seguridad internacional (principal competencia del Consejo), dirigirse al Tribunal Internacional de Justicia para que opine sobre algún problema jurídico y solicitar un dictamen. -Competencias únicas y específicas de la Asamblea General (ART. 13, 17): codificar las costumbres, aprobar el presupuesto de la organización, elección de los miembros no permanentes del Consejo de Seguridad.
Consejo de Seguridad (CAP. V):
El Consejo de Seguridad es un órgano restringido, es decir, está compuesto por 15 miembros de los cuales 5 son permanentes desde su creación: China, Francia, Rusia, Inglaterra y Estados Unidos. Los otros 10 van cambiando según son elegidos por la Asamblea General. Funciona continuamente en su sede de Nueva York por si es necesario reunirse de urgencia. Para figurar entre los 10 elegidos deben haber intentado mantener la paz o verificar algún propósito para cumplir la carta. Los países son elegidos proporcionalmente por continentes: -5 África y Asía (actuales: Chad, Jordania, Nigeria, Uganda y República de Corea; Arabía Saudí lo rechazó). -1 Europa Oriental (actuales: Lituania). -2 América Latina (actuales: Argentina y Chile). -2 Europa Occidental y otros (actuales: Luxemburgo y Australia; España lo ha solicitado).
Cada mes uno de los 15 ejerce la presidencia (convoca y dirige la sesíón). Los representantes deben estar siempre en condiciones de estar reunidos (ART.28) Los representantes son los embajadores de estos países en Nueva York, pero excepcionalmente pueden acudir otros representantes. El secretario general de Naciones Unidas es el secretario de las reuniones de la Asamblea General, ECOSOC y el Consejo de Seguridad. Está previsto que se pueda invitar a asistir a un estado no miembro del Consejo si se trata de una cuestión que le involucra en algún tema o si se trata de solucionar algún conflicto del que forma parte (ART. 31 y 32)
Las votaciones del Consejo de Seguridad:–
Cuestiones de procedimiento o funcionamiento: mayoría de 9 votos. -Cuestiones más importantes: son necesarios 9 votos, pero dentro de esos nueve tienen que estar a favor los 5 permanentes. Es necesario que ningún miembro permanente se oponga. Si uno de ellos se niega no se puede adoptar (se conoce como derecho de veto) Las excepciones son: -Si uno de ellos se ve involucrado en el conflicto no puede votar. -La ausencia de uno de ellos no se considera veto. El hecho de que el representante de alguno de estos 5 países no acuda, no es veto. La abstención tampoco es veto. -No es veto evitar la votación adoptando la resolución por consenso.
Las decisiones del Consejo de Seguridad son obligatorias para todos (ART. 24 y 25):
Funciones: -Mantener la paz y seguridad internacional. -En ocasiones junto con la Asamblea General (competencias conjuntas). Primero da el visto bueno el Consejo. Los miembros del Tribunal Internacional de Justicia son elegidos primero por unos y luego por otros. -Competencias comunes con la Asamblea General. -Competencias exclusivas del Consejo: -Elaborar los planes de regulación de armamentos (desarme=menos recursos armamentísticos) según los estados (ART.26). -Tribunal Internacional de Justicia. Las sentencias son obligatorias para los estados (acuden voluntariamente y lo aceptan, pero a veces no cumplen lo dictaminado. En este caso, la otra parte de la controversia puede obligarlo mediante la represalia y en última instancia puede acudir al Consejo de Seguridad (ART. 94). -Lo más importante: decide en situación de peligro qué medidas tomar (enviar fuerzas de seguridad) CAP. VII Sistema de Seguridad Efectivo..
Secretaría General (ART. 97 a 102):
La Secretaría General tiene la labor cotidiana de la ONU: que todo funcione (traducciones, calendario, documentos, etc.) Se compone de: -El Secretario General : el más alto funcionario administrativo nombrado por la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad. Este es el encargado de nombrar al resto de la Secretaría. El Secretario es nombrado por un periodo de 5 años (aunque puede ser reelegido) e independiente. -Desde 1998 se elige a un Vicesecretario General porque el Secretario tiene muchos encargos y está mucho tiempo fuera de la sede. -Los Funcionarios internacionales: se intenta que haya de todas las nacionalidades por cuestión de No discriminación (nada que ver con la representación) Son totalmente independientes, por tanto, no dependen del gobierno ni viceversa (ART. 100- 101) Estos funcionarios pueden trabajar en la sede principal en Nueva York, en otras sedes (Ginebra, Nairobi y Viena) o en agencias (tratan temas concretos)
Las funciones de la Secretaría General:
En un principio solo eran funciones administrativas. –El secretario general actúa como secretario en otras sesiones de otros órganos principales (ART. 98). -Depósito de Tratados Internacionales en el Registro de Tratados (deben ser públicos para poder ser invocados en la ONU, sino no se hace efectivo aunque valga entre los estados firmantes) (ART. 102). -Interpretación y traducción de todos los documentos. -Preparación del presupuesto que luego aprueba la Asamblea General.
Ahora también tiene funciones políticas. –Representación en el exterior de la ONU. -Mediación (cada vez más peso) en situaciones de tensión o conflictos. -Secretario General: encargado de la organización del envío de contingentes armados por parte del Consejo de Seguridad (situaciones dramáticas donde antes ya ha habido mediación e intervenciones, etc.). -El Secretario General podrá advertir al Consejo de Seguridad sobre cualquier asunto que pueda poner en peligro la paz y seguridad internacional. (ART. 99).
Tribunal Internacional de Justicia (nunca acuden individuos): Su antecedente es la Corte Permanente de Justicia Internacional (lo mismo pero en tiempos de la Sociedad de Naciones).
Cuestiones generales
-Su sede se encuentra en La Haya. -Está integrado por los miembros de la ONU que son parte del Estatuto Internacional de Justicia y los NO miembros de la ONU pero SÍ del Estatuto. / Su regulación se encuentra en el Estatuto Internacional de Justicia adoptado el mismo día que la Carta de Naciones Unidas.
Composición:
Se compone de 10 magistrados (jueces) que están cualificados como tal y que son independientes de sus Estados. Para su selección se acude al Tribunal Permanente de Arbitraje. Entre los diez, se encuentran los 5 miembros permanentes (EE.UU, Francia, Reino Unido, China y Rusia) y 10 miembros más escogidos por votación tanto en la Asamblea General como en el Consejo de Seguridad (votaciones distintas). Los más votados en ambos serán elegidos por 5 años. En este caso existe la necesidad de representación de todos los sistemas jurídicos y más o menos una cierta equidad geográfica.
Controversias en el Tribunal:
Se acude a una lista de jefes ya hecha (Tribunal Permanente de Arbitraje) donde los posibles árbitros han sido nombrados por los países (nombran a 4 por un periodo de 3 a 5 años). -Partes de la controversia: eligen de mutuo acuerdo (por ello se suelen cumplir resoluciones) árbitros y fecha.
Forma de trabajo (nunca van individuos):
Controversia jurídica entre Estados (vía contenciosa). -Informando de dudas que te presentan los órganos principales de la ONU (pedir opinión) ART. 96.
Resolución de controversias entre Estados:
No se puede llevar a un Estado obligado pero existen formas para que ambos acudan. Por un lado sobre la marcha, es decir, no hay acuerdo sobre las cuestiones del Tribunal y hay una controversia entonces sobre la marcha ambas partes deciden ir. También existe la resolución de problemas mediante un convenio bilateral.
En este caso el convenio bilateral recoge que si hay problemas con el mismo, se acude al Tribunal (una de las dos partes acusa a la otra de incumplir pero el acusado no lo considera). La última forma es la Cláusula, es decir, la aceptación o firma de una cláusula por parte de ambos Estados que reconocen que el Tribunal puede entender la controversia. En estos tres casos como ambos Estados han aceptado, la SENTENCIA ES OBLIGATORIA. Si no lo cumplen el Estado puede exigir al otro que lo cumpla o bien forzándolo o , si no funciona, mediante la ejecución del Consejo de Seguridad.
El ECOSOC y las instituciones especializadas de la ONU:
El ECOSOC (Consejo Económico y Social) está compuesto por 54 miembros elegidos por la Asamblea General (18 de ellos elegidos cada año por un periodo de 3 años y cada miembro tiene un representante). El ECOSOC es el órgano más cercano a los ciudadanos, de forma que trata temas como los Derechos Humanos, Sociales, etc. Y tiene la posibilidad de acudir a hablar con las ONG. Funciona a través de un Comité y Comisiones, dentro de las cuales las más importantes son las económicas de cada regíón. Se reúnen dos veces al año durante un mes en Nueva York y Ginebra (puede haber extraordinarias si es necesario ART. 72) Los acuerdos de adoptan por mayoría de presentes y votantes.
Tareas y funciones (ART. 61):
Elaboración de proyectos de convenios internacionales que luego vota la Asamblea General. -Estudios sobre cualquiera de los temas que le convienen. -Recomendaciones -a la Asamblea General, los Estados y los organismos especializados- en materias económicas, sociales, educativas y sanitarias. -Colaborar en acuerdos con organizaciones especializadas y coordinar el mantenimiento de la paz y seguridad internacional. -Recoge lo que hacen las organizaciones especializadas y le da salida como una conferencia, un convenio o una recomendación. -Proporcionar información al Consejo de Seguridad. -Cualquier otro tipo de función que le puedan encargar otros órganos.
En los trabajos pueden participar Estados que no sean miembros pero están especialmente interesados y acudir representantes de organizaciones especializadas y ONG (ART. 71). El ECOSOC establece lazos especiales con organizaciones existentes para tratar sus materias (ART. 63) y para aquellas que no tienen una organización que lo trate deciden crear nuevas organizaciones (ART. 59), pero el vínculo entre la ONU y estas organizaciones es el ECOSOC
Las organizaciones o instituciones especializadas
Definición ART. 57: son organizaciones creadas por un tratado y su carácterística peculiar es que se encargan de materias específicas y especialmente vinculadas con Naciones Unidas. Las organizaciones especializadas son autónomas independientemente de su vinculación a la ONU. No comparten sede, aunque pueden coincidir y tampoco admiten a los mismos miembros (Por ejemplo la UNESCO admite a Palestina aunque no esté en la ONU) Cada organización tiene sus propios funcionarios y una personalidad propia (celebran los tratados al margen de la ONU).
Relaciones-funciones:
Intercambio de informes y documentos. -Los representantes del ECOSOC asisten a las sesiones de estas organizaciones especializadas. -Cooperan con el ECOSOC en informar y ayudar al Consejo de Seguridad. Dentro de la estructura disponen de una secretaría para cuestiones administrativas, un órgano restringido ejecutivo de carácter permanente y un órgano deliberante de carácter general.
Tipos de instituciones especializadas:–
Relacionadas con materias sociales o culturales: organizaciones de trabajo, de salud como la UNESCO, OMPI (organización mundial de propiedad intelectual), OIT (organización internacional de trabajo). -Relacionadas con materias de comunicaciones: organización marítima internacional , OACI (organización de aviación civil internacional). -Relacionadas con materias de carácter técnico: organización meteorológica mundial, OIEA (organización internacional de energía atómica). -Relacionadas con cuestiones económicas y financieras: FMI, FAO.
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