28 Mar

Relación de dependencia:


Cuando una persona basa su economía trabajando para una empresa o particular. Se dice que trabaja en relación de dependencia si su periodo laboral tiende a ser fijo y su ingreso estable. En esta situación el dependiente brindara un servicio al patrón y a cambio recibirá una retribución. Estará inscripto como empleado en los registros de Anses (Administración nacional de seguridad social) y poseerá un N° de cual. El personal en relación de dependencia goza de una paga u retribución que los servicios que presta, la misma se establece por acuerdos entre los distintas partes involucradas a saber:

A) Empleados:


El personal negocia sus haberes agrupado en organizaciones que atienden sus derechos imprescindibles (sindicatos). Los sindicatos se forman por actividad y con delegados en representación de grupos de compañeros, poseen una organización interna, comisión interna, lugares de trabajo, etc.

B) Empleadores:


Se organizan en cámaras empresarias que los representan en todos los aspectos que hacen a su actividad, inclusive los que tienen que ver con los empleados. La ley establece que a través de reuniones entre ambos sectores con la intermediación del estado se logren acuerdos que dejen conformes a todos los involucrados. Aquí se establecen los valores a pagar por hora trabajada y demás condiciones laborales. Los empleados de cada actividad se califican de acuerdo con sus habilidades. Dentro de cada trabajo habrá encargado, especialistas o simplemente personal de planta. Esta calificación termina en vía clasificación que se refleja en el valor de la remuneración horaria. Estos valores constituyen valores mínimos a los efectos del pago.
De acuerdo con la actividad que realiza el empleado variarán sus condiciones de trabajo, debíéndose tener en cuenta aspectos que no atenten contra su salud (por ejemplo, empleados del casino interrumpen sus trabajos por periodos cortos. En definitiva, cada actividad tendrá regulados sus aspectos laborales y en consecuencia las condiciones en que sus empleados tengan que trabajar de acuerdo con sus habilidades.

Ley de riesgo de trabajo:


El objetivo principal consiste en evitar accidentes laborales estos comprenden aquellos que se producen durante el horario y en el lugar de trabajo como así también en el trayecto antes de entrar y después de salir.
El empleador contratará una compañía aseguradora denominada ART (Aseguradora de Riesgos de Trabajo). Una vez pactadas las condiciones laborales entre empleado y empleador será necesario verificar las condiciones físicas en que se encuentra para desarrollar la tarea se realizaran entonces los exáMenes pre ocupacionales que consisten en una rutina médica que determina si el empleado está sano o no. Realizada esta verificación esta persona  podrá ser incorporada a través del alta temprana, procedimiento administrativo mediante el cual se avisa al estado que esta persona está bajo dependencia.

Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART):


Verificara el cumplimiento de las condiciones de seguridad en el trabajo a fin de evitar el pago de accidentes. El empleador deberá contar con un especialista en seguridad e higiene quién dará las pautas para los métodos y elementos de un trabajo seguro.


Iniciada la relación laboral (previo examen pre-ocupacional) el empleado registrado tendrá derecho a ciertos beneficios establecidos en general por las leyes laborales y en particular por el convenio según el rubro. De esta manera se determina:
a)

Antigüedad:

Establece un incremento sucesivo por la permanencia en el trabajo en algunos casos puede llegar al 100% después de los 20 años de antigüedad.

b) La falta de inasistencia premia al empleado en algunos casos con un incremento en los haberes y en otros generando días de licencias adicionales.
c)

Vacaciones pagas:

El empleado tiene derecho a partir del sexto mes de trabajo a gozar de un mínimo de 15 días de licencia con los jornales pagos.
d)
Seguro de accidentes el empleador deberá contar con una ART que cura eventuales accidentes laborales.
e)

Obra social:

Se deberá contratar asistencia médica y farmacológica para el caso de enfermedad, en general se opta por obras sociales sindicales.
f)

Salario familiar:

En el caso de empleados con familia a cargo el estado reconocerá una paga por cada uno de ellos.
g)

Escolaridad:

Una adicional que se paga a fin de ayudar con el estudio para hijos en edad escolar o familiar discapacitada
h)

Sueldo Anual Complementario:

Dos veces por año se reconocerá medio sueldo de premio  por lo que el empleado percibe 13 meses sobre 12 trabajados, estos extras se abonan en Diciembre y en Junio de cada año y constituyen el llamado medio aguinaldo y aportes provisionales. El empleado tiene la obligación de realizar sus aportes y el que los efectiviza es el empleador que lo descontara al empleado.
i)
Seguro para accidentes y afiliación sindical.
j)

Ropa de trabajo:

De acuerdo con el convenio que se trate el empleador tiene obligación de proveer uno o dos equipos anuales de ropa de trabajo como así también los elementos de seguridad que la actividad exija
k)

Remuneración:

La remuneración puede tener muchas variables pero  por lo general se fija por jornal 8 horas diarias + 4 sábados = 44 horas por semana; Valor del jornal
* Productividad: Trabajo a destajo.
* Antigüedad: Se reconoce en $. à Escala 5 años à 0% 5-10 años à +20%
* Presentismo: Si no tiene ausentes +20% (En algunos casos lo canjean por días libres)
* Vacaciones Pagas Mínimo 15 días corridos

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