15 Feb
Indefinido ordinario:
por escrito o de palabra. Se harán fijos y a jornada completa los trabajadores que no hubieran sido dados de alta en la SS, los contratos que no se realicen por escrito y deban serlo y los celebrados en fraude de ley.
Indefinido de apoyo a emprendedores:
tiempo indefinido jornada completa y por escrito. Periodo de prueba de un año. Requisitos: tener menos de 50 trabajadores, no haber realizado en los 6 meses anteriores despidos improcedentes. El empresario debe mantener en el puesto al trabajador durante al menos 3 años, excepto despido procedente, jubilación o IP.Fijo discontinuo:
no se repite en fechas ciertas, se combinan periodos de trabajo con periodos de inactividad, al final de la campaña el contrato se suspende. Por escrito,llamar a los trabajadores en el orden y forma que determine el CC. Para obra o servicio determinado: por escrito, especificando e identificando con claridad la obra, no puede exceder de 3 años, ampliables hasta 12 meses mas por CC. A jornada completa o parcial. Extinción 12 días de salario por cada año de servicio.Eventual pcp:
para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos.Por escrito, cuando sea superior a 4 semanas o a tiempo parcial. Duración máx 6 meses, dentro de un periodo de 12. Por CC máx 12 meses dentro de un periodo de 18. A tiempo completo o parcial. Extinción 12 días de salario por año trabajado. Contrato de primer empleo joven: jóvenes menores de 30 años, con experiencia laboral menor a 3 meses. Duración mínima de contrato 3 y máx 6 meses. Jornada del 75% de un trabajador a tiempo completo.Interinidad:
Sustituir trabajadores con derecho a reserva del puesto. Escrito, identificando al trabajador sustituido, Duración la misma del trabajador sustituido, máx 3 meses. La misma jornada que el trabajador, se extingue cuando se reincorpora el trabajador, han pasado los 3 meses o la extinción de la causa que dió lugar a la reserva del puesto. No indemnización.En prácticas:
requisitos: acreditar una formación previa mediante la titulación correspondiente, el contrato debe celebrarse en los 5 años siguientes o 7 si es menor de 30 años, la prestación de servicios debe corresponder con la titulación. Por escrito, mínimo 6 meses máx 2 años. Si dura menos de dos años se prorroga dos veces mínimo de 6 meses. Periodo de prueba: 2 meses trabajadores titulo grado superior, 1 mes titulo de grado medio. Retribución: 1º año no inferior al 60% y 2º año no inferior al 75%. Extinción: si el contrato dura menos de 1 año al llegar el tiempo pactado hay que avisar su terminación con 15 días. No indemnización.Formación y aprendizaje:
Requisitos: ser mayor de 16 y menor de 25, carecer de la cualificación profesional obtenida. Por escrito, duración mínimo 1 año máx 3. Por CC mín 6 meses y máx 3 años. Dos prórrogas no inferiores a 6 meses. Retribución no inferior al SMI. Jornada completa, 75% durante el 1º año y 85% 2º y 3º.A tiempo parcial:
puede concertarse: por tiempo indefinido, para trabajos fijos periódicos, duración determinada, para acceder a la jubilación parcial, acordando con la empresa reducir la jornada y salario entre 25 y 75% para trabajadores menores de 65 años. Por escrito, figurando el nº de horas. Puede realizar horas extras y complementarias q son las acordadas por ambas partes. Incentivos: la empresa q contrate a menores de 30 con experiencia laboral inferior a 3 meses y q contabilice el empleo con formación oficial de al menos 90 horas, se beneficiará de reducciones en la CCC.Discapacidad:
Requisitos: grado min igual o superior de 33%, estar inscrito en la oficina de empleo. Las empresas deben tener en el puesto mínimo 3 años, sin despedirlos sin causa justificada, en caso de despido procedente deben sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad.Escrito, incluyendo certificado de discapacidad. Duración indefinida entre 1 y 3 años. Dan derecho a la empresa a disfrutar de bonificaciones o reducciones en la cotización de la SS y subvenciones para la adaptación del puesto.
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