01 Nov
La Seguridad
Social tiene como finalidad garantizar a los trabajadores, y a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada en las situaciones en las que lo necesiten, como son los casos de enfermedad, accidente, jubilación, desempleo, orfandad, maternidad, muerte, etc
principios básicos del sistema de la Seguridad Social:
Contributividad – Proporcional entre lo percibido y lo aportado.
Universalidad- Extensión a todos los ciudadanos de la acción protectora.
Solidaridad intergeneracional – Las cotizaciones de los trabajadores actuales contribuyen a financiar las pensiones.
Equidad e igualdad de derechos- Con independencia del momento y el lugar de residencia del asegurado.
Suficiencia – Se garantizan los niveles de bienestar mediante prestaciones adecuadas.
Unidad de caja- El Estado es el único titular de todos los recursos de la Seguridad Social
Modalidades de prestaciones de la Seguridad Social
Contributiva – Integra a los trabajadores (y a sus familias) tanto españoles como extranjeros residentes legalmente en España que
ejerzan una actividad profesional en territorio nacional y estén incluidos en alguno de los apartados siguientes:
Trabajadores por cuenta ajena.
Trabajadores autónomos (por cuenta propia).
Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.
Funcionarios públicos, civiles y militares.
Estudiantes.
Españoles no residentes en territorio nacional, en determinadas situaciones.
No contributiva – Incluye a personas que se encuentren en estado de necesidad o carezcan de recursos económicos propios suficientes
para su subsistencia, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar prestaciones de nivel
contributivo. Esta modalidad comprende solo las prestaciones de asistencia sanitaria, incapacidad permanente y jubilación. Se realizan a través de los Presupuestos Generales del Estado.
RegíMenes que integran la Seguridad Social
Régimen General
Todos los trabajadores españoles o extranjeros que trabajen habitualmente en territorio nacional por cuenta ajena y
que no estén incluidos en algún régimen especial.
RegíMenes especiales Trabajadores autónomos, trabajadores del mar, trabajadores de la minería del carbón, determinados funcionarios públicos ,estudiantes etc.
Entidades gestoras de la Seguridad Social
A. Entidades gestoras
Las entidades gestoras que tienen como finalidad administrar y gestionar la acción protectora de la Seguridad Social.
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)- Es la entidad encargada de la gestión y administración de las prestaciones económicas de nivel contributivo y el reconocí miento del derecho a la asistencia sanitaria.
Instituto de Gestión Sanitaria (INGESA)- El cometido del INGESA es la administración de las presta ciones sanitarias de la Seguridad Social en el ámbito de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, ya que el resto de las
Comunidades Autónomas tienen transferidas dichas competencias.
Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO- Gestiona las pensiones de invalidez y de jubilación, en sus modalidades no contributivas,
Instituto Social de la Marina- Se encarga de la gestión y administración de las prestaciones del sector marítimo y pesquero.
B. Servicios comunes
Tesorería General. Tiene a su cargo la custodia de todos los recursos y, como caja única del sistema de la Seguridad Social, se ocupa de la gestión recaudatoria de estos y del pago de las obligaciones de la Seguridad Social.
Gerencia de Informática. Tiene como misión la informatización del sistema de la Seguridad Social.
C. Entidades colaboradoras
Las empresas y las mutuas de accidentes de trabajo (AT) y enfermedades profesionales (EP) colaboran en la gestión de la Seguridad Socia
Las mutuas. Son asociaciones voluntarias de empresarios que se agrupan para gestionar una serie de servicios relacionados con los accidentes de trabajo, las enfermedades profesionales y las contingencias comunes
Las empresas colaboran en la gestión de la Seguridad Social de una de las siguientes formas: –
Obligatoriamente. Abonan prestaciones de incapacidad temporal y protección a la familia y de desempleo que, posteriormente, son reintegradas por la Seguridad Social.
– Voluntariamente. Algunas empresas aseguran directamente a su personal por asistencia sanitaria y asumen las prestaciones económicas derivadas en caso de incapacidad temporal. Para ello, es preciso que las empresas cumplan
determinados requisitos, como tener cierto número de trabajadores fijos y en alta en el Régimen General de la Seguridad Social y poseer instalaciones sanitarias propias adecuadas para prestar la asistencia sanitaria.
D. Organismos autónomos
Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) Organismo autónomo de la Administración del Estado cuyas principales funciones son: declarar el reco nocimiento, la suspensión, la reanudación y la extinción del derecho a las prestaciones por desempleo,
así como la gestión y el control de estas.
Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo Tiene carácter administrativo. Su cometido principal consiste en asesorar y controlar las acciones dirigí das a disminuir los riesgos laborales, los accidentes de trabajo (AT) y las enfermedades profesionales
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