13 Abr

RegíMenes aduaneros de entrada de mercancías:

Despacho a libre práctica: es el régimen de importación normal, que convierte mercancías no pertenecientes de la Uníón en mercancías de la Uníón para poder circular libremente por el TAU sin controles aduaneros.

RegíMenes aduaneros especiales: exención total o parcial de derechos y de medidas de política comercial.

Tránsito interno: circulación de mercancías de la Uníón entre dos puntos del TAU con suspensión de derechos en el caso de que tengan que atravesar territorios que no pertenecen al TAU.

Depósito: exención de aranceles para mercancías no pertenecientes a la Uníón. Incluye el depósito aduanero y la zona franca.

Destino especial: importación de mercancías no pertenecientes a la Uníón para un propósito específico con exención total o parcial de derechos. Incluye el destino final y la importación temporal.

Cuando se ultime el régimen de destino final habrá que presentar un estado de liquidación.

Perfeccionamiento activo: importación de mercancías no pertenecientes a la Uníón para transformarlas sin pago de derechos. Cuando se ultime el régimen habrá que presentar un estado de liquidación.

RegíMenes aduaneros de salida de mercancías del TAU:

Exportación, para mercancías de la Uníón que no se van a incluir en otro régimen aduanero.

Si se trata de mercancías no pertenecientes a la Uníón que salen del TAU se produce una reexportación.

RegíMenes aduaneros especiales:

Tránsito externo: se refiere a mercancías no pertenecientes a la Uníón que atraviesan el TAU.

Zona franca: para mercancías de la Uníón.

Perfeccionamiento pasivo: salida de mercancías de la Uníón para transformarlas y luego reimportarlas con exención total o parcial de derechos.


Declaraciones simplificadas: no es necesario aportar todos los datos ni la documentación en el momento de la presentación de la declaración, sino que se pueden aportar con posterioridad en el plazo que fije la aduana mediante declaración complementaria periódica o recapitulativa.

Exentos de declaración complementaria: el depósito aduanero y las mercancías de menos de 1.000 euros o 1.000 Kg.

Es necesario estar autorizado o ser Operador Económico Autorizado para simplificaciones (AEOC).

La autorización se concede a quienes estén al corriente de sus obligaciones fiscales y tengan medios humanos y materiales para gestionar las operaciones aduaneras.

Inscripción en los registros del declarante: los datos de la declaración simplificada se inscriben en los registros del declarante y se comunican a la aduana sin necesidad de previa aceptación de la declaración aduanera y en algunos casos incluso de presentar las mercancías en aduana, si se conoce su naturaleza y no están sometidas a restricciones aduaneras.

También se necesita autorización previa o tener la condición de AEOC.

Despacho centralizado: la declaración se presenta en el lugar donde esté establecido el declarante (aduana supervisora), aunque las mercancías se presenten en otras aduanas. Es necesario tener la condición de AEOC.

Autoevaluación: el declarante calcula los derechos arancelarios y realiza él mismo ciertos controles aduaneros. Se exige autorización y tener la condición de AEOC.

Declaración de varias partidas del TARIC según la partida con derechos más altos. No exige autorización.


Exportación: salidas de mercancías de la Uníón mediante Dúa (en la aduana de exportación, donde está establecido el exportador o donde se encuentran las mercancías) y Declaración Sumaria de Salida EXS (en la aduana de salida, donde se presentan las mercancías para su salida del TAU).

Si la exportación es indirecta, la mercancía se declara en una aduana (aduana de exportación) y sale desde otra (aduana de salida)

No se incluyen en este régimen las siguientes mercancías: las incluidas en perfeccionamiento pasivo, las que estaban incluidas en el régimen de destino final, las destinadas al avituallamiento de buques y aeronaves, las incluidas en tránsito interno y las que se trasladen temporalmente del TAU.

Exportación seguida de tránsito: salidas de mercancías de la Uníón mediante Dúa (en la aduana de exportación), EXS (en la aduana de salida) y declaraciones de tránsito (en las aduanas de partida, desde donde inician el trayecto las mercancías y de destino, desde donde salen temporalmente del TAU). 

Las aduanas de salida hacen funciones de aduanas de partida en el régimen del tránsito.

Reexportación: salidas de mercancías no pertenecientes a la Uníón mediante Dúa (en la aduana de exportación) y EXS (en la aduana de salida).

La reexportación no es un régimen aduanero, sino que es parte de algún otro régimen aduanero especial (por ejemplo, el depósito aduanero o perfeccionamiento activo).

No es necesario Dúa para el tránsito externo: bastará una notificación de reexportación.

Reexportación desde depósitos temporales o zonas francas: salidas de mercancías no pertenecientes a la Uníón mediante notificación de reexportación en la aduana de salida, sin necesidad de Dúa.


Perfeccionamiento activo: introducción en el TAU de mercancías no pertenecientes a la Uníón para transformarlas en el plazo que determine la aduana y luego reexportarlas (sin pagar derechos) o despacharlas a libre práctica (pagando derechos de aduana solo sobre los costes de transformación).

Las autoridades aduaneras fijan un coeficiente de rendimiento: cantidad importada necesaria para una unidad de producto exportada.

Perfeccionamiento pasivo: salida del TAU de mercancías de la Uníón para transformarlas en el pazo que determine la aduana y luego reimportarlas, pagando derechos aduaneros por los costes de transformación y no por el valor total de las mercancías.

No puede utilizarse este régimen para mercancías que hayan estado exenta de derechos arancelarios o de tipos reducidos.

Puede utilizarse este régimen para realizar reparaciones gratuitas por defectos que desconocía el comprador (con exención total de derechos), importación previa de mercancías de sustitución (previa aportación de una garantía y enviando la mercancía que debe repararse en el plazo de dos meses, prorrogables) y sistema de intercambios estándar (entrega de un producto de sustitución en lugar de otro que se envió para reparar).

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