26 Oct

Teorías Monistas de la Pena

Existen diversas teorías que explican la justificación de la pena, centrándose en la retribución del daño causado, la prevención de futuros delitos, o una combinación de ambas (teorías mixtas).

1. Teorías Retribucionistas o Absolutas

Representadas por Kant, Hegel y Binding, estas teorías justifican la pena por sí misma, buscando la realización de la justicia. Rechazan cualquier otro fin del derecho penal, argumentando que instrumentaliza al ser humano.

a. Kant

Según el imperativo categórico kantiano, la justicia se realiza a través de la imposición de la pena, incluso si la sociedad está a punto de disolverse.

b. Hegel

Para Hegel, el delito niega el derecho, y la pena niega el delito, reafirmando el derecho.

c. Binding

Binding simplifica la cuestión: la pena reafirma el imperio de la ley y el poder del Estado.

2. Teorías Relativas

Estas teorías se basan en la prevención como único fin del derecho penal.

a. Teorías de la Prevención General

La pena, mediante su amenaza, inhibe a todos los sujetos de cometer delitos.

Prevención General Positiva

La pena actúa como factor de cohesión social, reafirmando la norma y los valores protegidos en la conciencia colectiva.

Prevención General Negativa

La pena actúa como admonición o amenaza, intimidando al sujeto.

b. Teorías de la Prevención Especial

Buscan prevenir que quienes ya han delinquido vuelvan a hacerlo.

Prevención Especial Positiva

Se identifica con la resocialización, buscando la reincorporación del delincuente a la sociedad.

Prevención Especial Negativa

Busca la inocuización de quienes no son resociables, apartándolos de la sociedad. Se divide en permanente (cadena perpetua, pena de muerte) y temporal (prisión). Se aplica a delincuentes absolutamente culpables, terroristas (delincuentes por convicción) y delincuentes de cuello o guante blanco (socioeconómicos). Se plantea la dificultad de la resocialización en estos casos y la posible contradicción con el mandato constitucional de resocialización.

Críticas a las Teorías Monistas

1. Críticas a las Teorías Absolutas

  • El principio de culpabilidad, basado en el libre albedrío, es científicamente indemostrable.
  • No se analiza la necesidad de la pena.
  • Presenta una imagen falsa del delincuente como ser perverso.
  • La retribución otorga demasiado poder al legislador, pudiendo justificar abusos.

2. Críticas a las Teorías Relativas

a. Críticas a la Prevención General Negativa

  • Es difícil justificar la necesidad de la pena para prevenir.
  • La pena no es efectiva para prevenir, a pesar de la intimidación.
  • La motivación para delinquir a menudo supera el temor a la pena.

b. Críticas a la Prevención General Positiva

  • Ofrece una descripción acrítica del funcionamiento social.
  • Renuncia a la protección real de bienes jurídicos, priorizando la confianza en el sistema.
  • Anteponen la preservación del sistema a los derechos del ciudadano.
  • Potencia la intervención del Estado.

c. Críticas a la Prevención Especial Positiva

  • Es contradictorio usar la privación de libertad para la resocialización.
  • No se justifica en delitos irrepetibles.
  • Puede promover la adhesión conformista al sistema.
  • Los criterios de peligrosidad para aplicar tratamientos son imprecisos.

d. Críticas a la Prevención Especial Negativa

  • La inocuización puede ser contraria a la prohibición constitucional de penas inhumanas y degradantes.

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