25 Ago

Dos Grandes Grupos de Delitos

A) Violencia sexual: Este término hace referencia a una gran cantidad de actos violentos. Constituye agresión sexual toda tentativa sexual cometida con violencia, coacción, amenaza o sorpresa.

  1. Agresiones sexuales que no implican contacto corporal: exhibicionismo, forzar a ver material pornográfico, mensajes por correo o por teléfono, gestos, observaciones y palabras obscenas, insultos sexistas, acoso, voyeurismo.
  2. Agresiones sexuales con contacto corporal: tocamientos, caricias, masturbación del agresor, obligación de adoptar posturas degradantes, etc.
  3. Agresiones sexuales con violación: penetración (o tentativa) sexual (genital, anal, bucal), sea con los órganos sexuales o con los dedos u otros objetos.

B) Abusos sexuales: Dentro de este grupo hay que incluir todo el resto de comportamientos que se realizan sin violencia pero que tampoco son queridos por la víctima. A su vez estas distintas conductas presentan características específicas según se haga.

Violencia Sexual Criminológica

Se distinguen 3 términos que suelen usarse indistintamente para explicar la violencia criminal: agresión, violencia y delincuencia violenta:

  • Agresión: Se hace referencia a la intención de herir o ganar ventaja sobre otra persona sin que necesariamente haya daño físico.
  • Violencia: Es una subcategoría de la agresión y vendría a ser un tipo de agresión activa y directa, física y -generalmente- sociológica que tiene lugar en los intercambios entre individuos.
  • Delincuencia violenta: Implica directamente comportamientos peligrosos y lesivos, así valorados por la ley. En éstos normalmente el fin de la acción delictiva es el logro del daño de la víctima, aunque suele distinguirse entre violencia instrumental: aquella que se usa como medio para obtener un fin y violencia expresiva: aquella que sirve como catalizador del estado emocional de un individuo.

Modelo de Finkelhor sobre Abuso Sexual

Este autor señala 4 procesos complementarios que actuarían sobre cada individuo:

  1. Congruencia emocional: Los niños satisfacen importantes necesidades emocionales. Los varones han sido socializados para dominar, por ello los niños les resultan sumamente atractivos, este proceso se relaciona con inmadurez, baja autoestima y agresividad.
  2. Excitación sexual: El niño se convierte en fuente potencial de satisfacción sexual, sobre todo a partir de las experiencias personales de los agresores.
  3. Bloqueo: El niño es más satisfactorio y está más disponible, sobre todo en sujetos con dificultades de establecer relaciones sexuales adultas.
  4. Desinhibición: Uso de drogas y alcohol y ciertas distorsiones cognitivas.

Tipologías de la Violación

Según el modelo de Nicolas Groth, aparecen 3 elementos necesarios en la psicología de los agresores sexuales: hostilidad, poder y sexualidad.

  1. Violación por hostilidad: Hay más violencia de la necesaria para consumar el acto, de modo tal que la excitación sexual es consecuencia de la propia exhibición de fuerza del agresor, al tiempo que es una expresión de rabia y hostilidad hacia las mujeres. Estas personas suelen ser violentas con las mujeres en otros contextos.
  2. Violación de poder: La meta es la conquista sexual, como compensación a la vida rutinaria del agresor, la violación el medio por el que afirma su identidad personal y su adecuación sexual.
  3. Violación sádica: El asalto aquí es completamente premeditado, proporcionando la perpetración de las lesiones una satisfacción sexual ascendente.

Indicadores de los Delitos Contra la Libertad Sexual

En materia de delitos sexuales presentan, además, un sesgo importante principalmente debido a dos factores:

  1. Cifra negra: Se ha comprobado que es superior en estos delitos que otro tipo debido principalmente a la falta de denuncia motivada por:
    1. La relación de la víctima con el agresor: si la víctima y el agresor se conocen o tienen una relación de parentesco surgen una serie de inconvenientes que hacen inviable la denuncia. Obsérvese que normalmente estos delitos se comenten mayoritariamente sobre víctimas especialmente vulnerables: mujeres y niños.
    2. No se denuncian delitos no consumados: es decir aquellos en que la misma denuncia puede causar más daño que el delito en sí.
    3. Reacción negativa de la sociedad y de los familiares de la víctima: por sentimiento de vergüenza o temor de ser etiquetada.
    4. Temor a la victimización secundaria.
  2. Denuncias falsas: En las que se ha podido constatar la inexistencia del hecho denunciado. En estos casos suele producirse mayoritariamente por un deseo de venganza personal o un embarazo.

En segundo lugar en la última década ha habido tres reformas muy importantes en relación con los delitos sexuales en la L.O. 3/1989 de 21 de junio, el NCP por LO 10/1995 de 10 de noviembre y la última por L.O. 11/1999 de 30 de abril.

Abuso Sexual de Niños

Según Finkelhor y Korbin (1988) en un trabajo realizado para la UNICEF, donde se define el maltrato a los niños teniendo en cuenta la Convención de los Derechos del niño, puede definirse el abuso sexual como: «Cualquier contacto sexual entre un adulto y un niño sexualmente inmaduro (definida esta madurez tanto social como psicológicamente), con el fin de gratificación del adulto; o bien cualquier contacto sexual con un niño realizado a través del uso de la fuerza, amenaza o el engaño para asegurar la participación del niño; o también, el contacto sexual para el que el niño es incapaz de ofrecer su consentimiento en virtud de la edad o de la disparidad de poder y la naturaleza de las relaciones con el adulto.»

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