07 Jul

1. Sociedad en Nombre Colectivo (Art. 25)

Concepto:

Sociedad que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.

2. Sociedad en Comandita Simple (Art. 51)

Concepto:

Sociedad que existe bajo una razón social y se compone de:

  • Socios comanditados: Responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.
  • Socios comanditarios: Solo están obligados al pago de sus aportaciones.

3. Sociedad de Responsabilidad Limitada (Art. 58)

Concepto:

Sociedad en la que los socios solo están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables.

4. Sociedad Anónima (Art. 87)

Concepto:

Sociedad que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones.

5. Sociedad en Comandita por Acciones (Art. 207)

Concepto:

Sociedad que se compone de:

  • Socios comanditados: Responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.
  • Socios comanditarios: Solo están obligados al pago de sus acciones.

6. Diferencia entre Sociedad en Comandita Simple y Comandita por Acciones

  • En la comandita simple, los socios comanditarios solo responden al pago de aportaciones, mientras que en la comandita por acciones solo responden al pago de sus acciones.

7. Sociedad de Capital Variable (Art. 213)

Concepto:

Sociedad en la que el capital social puede aumentar o disminuir sin más formalidades que las establecidas en la ley.

8. Sociedad por Acciones Simplificadas (Art. 260)

Concepto:

Sociedad constituida por personas físicas que solo están obligadas al pago de sus aportaciones representadas en acciones.

9. Sociedad Cooperativa (Ley de Sociedades Cooperativas, Art. 2)

Concepto:

Forma de organización social integrada por personas físicas con intereses comunes y principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas a través de actividades económicas.

Preguntas y Respuestas

¿Qué es una sociedad en nombre colectivo?

Es una sociedad en la que todos los socios responden ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales (Art. 25 LGSM).

¿Cómo se llevan a cabo las asambleas?

Se llevan a cabo de forma ordinaria (al menos una vez al año) y extraordinaria (cuando sea necesario).

¿Cuál es la responsabilidad de los socios?

Los socios responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales.

¿Cómo se lleva a cabo la disolución de la sociedad?

La sociedad se disuelve por muerte, incapacidad, exclusión o retiro de uno de los socios, o por rescisión del contrato social respecto a uno de ellos.

¿Qué elementos necesita el contrato de la sociedad para resindirse respecto de un socio?

  • Uso de la firma o del capital social para negocios propios
  • Infracción al pacto social
  • Infracción a las disposiciones legales
  • Comisión de actos fraudulentos o dolosos
  • Quiebra, interdicción o inhabilitación para ejercer el comercio

Constitución de una Sociedad Anónima

Requisitos:

  • Dos socios como mínimo
  • Suscripción de una acción por cada socio
  • Monto mínimo del capital social íntegramente suscrito
  • Exhibición del 20% del valor de cada acción pagadera en numerario
  • Exhibición íntegra del valor de cada acción pagadera en bienes distintos al numerario

Secciones del Espacio en Artículos de la Sociedad Anónima

  • Constitución de la sociedad
  • De las acciones
  • De la administración de la sociedad
  • De la vigilancia de la sociedad
  • De la información financiera
  • De las asambleas de accionistas

Formas de Constituir una Sociedad Anónima

  • Procedimiento ordinario simultáneo
  • Suscripción pública

Estipulaciones en la Integración del Capital Social

  • Restricciones a la transmisión de acciones para evitar el lavado de dinero
  • Causales de exclusión de socios sin necesidad de acudir a la autoridad judicial
  • Limitación del derecho de voto
  • Mecanismos a seguir en caso de desacuerdos entre accionistas
  • Ampliación o negación del derecho de suscripción
  • Limitación de la responsabilidad del órgano de administración

Requisitos Particulares para la Sociedad Anónima

  • Dos socios como mínimo
  • Contrato social que establezca el monto mínimo del capital social y su suscripción íntegra
  • Exhibición del 20% del valor de cada acción pagadera en numerario
  • Exhibición íntegra del valor de cada acción pagadera en bienes distintos al numerario

Sociedad de Responsabilidad Limitada

Características:

  • Razón o denominación social seguida de las palabras «Sociedad de Responsabilidad Limitada»

  • Acta constitutiva que incluya:

    • Nombre, nacionalidad y domicilio de los constituyentes
    • Objeto social
    • Razón social o denominación social
    • Duración
    • Importe del capital social
    • Aportaciones de cada socio
    • Domicilio fiscal de la sociedad
    • Administración de la sociedad
    • Distribución de utilidades y pérdidas
    • Fondo de reserva
    • Casos de disolución
    • Liquidación social
  • Propietarios representados por partes sociales

Sociedad en Comandita por Acciones

Características:

  • Constitución mediante fedatario público
  • Capital social sin mínimo, representado por acciones de igual valor
  • Administración por uno o varios administradores (socios o personas ajenas)
  • Figura del comisario que vigila los actos de los administradores

Pasos para Constituir una Sociedad en Comandita por Acciones:

  • Elaborar el contrato social
  • Reunir a los socios
  • Protocolizar el contrato
  • Obtener la autorización de la Secretaría de Economía
  • Inscribir la sociedad en el Registro Público de Comercio
  • Obtener el Registro Federal de Contribuyentes

Facultades de los Liquidadores:

  • Concluir operaciones sociales pendientes
  • Cobrar y pagar deudas
  • Vender bienes de la sociedad
  • Liquidar a cada socio su haber social
  • Practicar el balance final de liquidación
  • Obtener la cancelación de la inscripción del contrato social

Sociedad en Comandita

Características:

  • Relativamente económicas y sencillas de crear
  • Gerenciadas por un socio gestor con responsabilidad ilimitada
  • Nombre de la compañía puede ser el de uno o más socios gestores
  • Pocas formalidades operativas
  • Sin accionistas
  • Socios comanditarios no reciben dividendos, pero tienen derecho a su parte de los ingresos
  • Socio gestor responsable por los activos y pasivos totales de la sociedad

Extinción Jurídica de una Sociedad

? Disolución: produce una modificación de su fin o actividad.
Liquidación: consiste en un estado jurídico en el que la sociedad está sujeta a un régimen especial.
Extinción: proceso mediante el cual el empresario pone en marcha los trámites necesarios para cerrar una empresa.

¿Que menciona el artículo 54 de la ley general de sociedades mercantiles? Artículo 54.- El socio o socios comanditarios no pueden ejercer acto alguno de administración, ni aun con el carácter de apoderados de los administradores; pero las autorizaciones y la vigilancia dadas o ejercidas por los comanditarios, en los términos del contrato social.

¿Cuál es la razón social ? La razón social se formará con los nombres de uno o más comanditados, seguidos de las palabras “y compañía” u otros equivalentes, cuando en ella no figuren los de todos. A la razón social se agregarán siempre las palabras “Sociedad en Comandita” o su abreviatura “S. en C”. 

¿En qué artículo nos habla de los socios comanditarios? Artículo 55.- El socio comanditario quedará obligado solidariamente para con los terceros por todas las obligaciones de la sociedad en que haya tomado parte en contravención a lo dispuesto en el artículo anterior. También será responsable solidariamente para con los terceros, aun en las operaciones en que no haya tomado parte, si habitualmente ha administrado los negocios de la sociedad.

¿Cuales son las ventajas y desventajas de una asociación cooperativa.? 

VENTAJAS  •La responsabilidad de los socios es limitada. Esto quiere decir que si se constituye una sociedad cooperativa de 15 socios y cada uno aporta mil pesos, el capital inicial total es de 15 mil pesos. Si surgen deudas por una cantidad superior a ese dinero, cada uno de los socios solo responderá de hasta mil euros, ya que su responsabilidad está limitada a ese capital aportado.

•Los socios se pueden dar de alta y baja cuando quieran.

•Todos los socios participan a la hora de tomar una decisión; todos tienen la misma voz y voto, aunque hayan aportado cantidades diferentes.

 DESVENTAJAS  •Como cada uno de los socios tiene derecho a voto, esto a veces puede traer discrepancias y desacuerdos entre ellos. Y a veces resulta complicado llegar a un acuerdo. •Si hay beneficios, hay que destinar el 30 % de estos para cubrir pérdidas de otros ejercicios.  •Existe un límite en la contratación de trabajadores no socios. Es decir, que no se puede contratar a todos los trabajadores que desees, hay un límite por ley.


¿Para que sirve la razon social en la sociedad cooperativa?
La razón social en una sociedad cooperativa sirve para identificar legal y formalmente a la cooperativa en todos los actos y contratos en los que participe. 
Es un elemento crucial que permite a una sociedad cooperativa operar legalmente, proteger a sus 
miembros, y participar efectivamente en el mercado.

Explica en términos generales el proceso de liquidación.? 
R=La liquidación tendrá por objeto concluir las operaciones sociales pendientes, cobrar lo que se adeudo a la sociedad y pagar 
lo que ella deba, vender los bienes sociales y practicar el reparto del haber o patrimonio social entre los socios.


Cuáles son los principios de una sociedad cooperativa.?

Una sociedad cooperativa se basa en principios cooperativos como democracia, equidad y solidaridad. Los socios comparten propiedad y control de forma democrática, priorizando el beneficio mutuo y el bienestar comunitario. Operan con propósitos más allá de lo financiero, apoyando el desarrollo sostenible y la responsabilidad social. La solidaridad y colaboración fortalecen la cooperativa y contribuyen al desarrollo Económico y social.

Que clase de sociedades cooperativas existe.?

1.-de consumidores de bienes o servicios 

2.- de productores de bienes y/o servicios 

3.- de ahorro y préstamos.

Deja un comentario