19 Mar

El Contrato de Trabajo: Definición y Aspectos Clave

Definición y Partes

El contrato de trabajo es un acuerdo entre un empresario y un trabajador. El trabajador se compromete a prestar servicios bajo la dirección del empresario a cambio de una remuneración.

Partes involucradas:

  • Trabajador.
  • Empresario (o su representante legal).

Requisitos para ser trabajador:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Tener entre 16 y 17 años con autorización de los padres o tutores.
  • Estar emancipado.

Forma del Contrato

El contrato puede ser verbal o escrito. Sin embargo, la mayoría de los contratos deben formalizarse por escrito. Excepciones:

  • Contrato indefinido ordinario.
  • Algunos contratos temporales de corta duración.

El empresario debe informar por escrito al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato en un plazo máximo de 2 meses.

Elementos Esenciales del Contrato

Un contrato de trabajo debe incluir, como mínimo:

  • Identificación de las partes.
  • Fecha de inicio.
  • Duración (si es temporal).
  • Lugar de trabajo.
  • Categoría profesional.
  • Salario.
  • Vacaciones.
  • Plazos de preaviso.
  • Convenio colectivo aplicable.

Modalidades de Contratos de Trabajo

Contratos Indefinidos

No tienen límite de tiempo. Pueden ser:

  • A tiempo completo.
  • A tiempo parcial.
  • Fijo discontinuo.

Contratos Temporales

Tienen una duración determinada. Algunos tipos comunes son:

  • Por circunstancias de la producción.
  • De sustitución.
  • Para formación.

Contratos Formativos

Destinados a la formación y adquisición de experiencia profesional:

  • Contrato para la formación en alternancia (combina trabajo y formación).
  • Contrato para la obtención de práctica profesional (para titulados).

Periodo de Prueba

Periodo inicial en el que ambas partes pueden rescindir el contrato sin indemnización. La duración máxima depende del tipo de contrato y del convenio colectivo.

Empresas de Trabajo Temporal (ETT)

Definición

Las ETT contratan trabajadores para cederlos temporalmente a otras empresas (llamadas empresas usuarias).

Derechos del Trabajador Cedido por una ETT

Los trabajadores cedidos tienen los mismos derechos que los empleados directos de la empresa usuaria en cuanto a:

  • Condiciones de trabajo.
  • Empleo.
  • Protección.
  • Acceso a puestos vacantes.

Responsabilidades

  • ETT: Responsable de salarios, Seguridad Social y formación.
  • Empresa usuaria: Poder de organización y dirección. Responsabilidad subsidiaria en salarios y Seguridad Social.

Trabajo a Distancia y Teletrabajo

Definiciones

  • Trabajo a distancia: Realizado en el domicilio del trabajador o lugar elegido por él, de forma regular.
  • Teletrabajo: Modalidad de trabajo a distancia que utiliza medios informáticos y telemáticos.

Ámbito de Aplicación

Se aplica cuando el trabajo a distancia supera el 30% de la jornada en un periodo de referencia de 3 meses.

Acuerdo de Trabajo a Distancia

  • Debe ser voluntario.
  • Formalizado por escrito antes de comenzar.
  • Debe incluir: inventario de medios, horario, porcentaje de trabajo presencial/distancia, compensación de gastos, etc.

Condiciones de Trabajo

Los trabajadores a distancia tienen los mismos derechos que los trabajadores presenciales (retribución, estabilidad, formación, promoción). Las empresas deben garantizar la igualdad de trato.

Aspectos Importantes de los Contratos Temporales, Formativos y Pactos Anexos

Prórroga y Conversión en Indefinidos (Contratos Temporales)

  • Si un contrato temporal no se renueva expresamente y el trabajador continúa, puede convertirse en indefinido.
  • Limitación al encadenamiento de contratos temporales: tras 18 meses en un periodo de 24, el trabajador adquiere la condición de fijo.

Preaviso (Contratos Temporales)

En contratos de más de un año, se debe notificar la finalización con 15 días de antelación. La falta de preaviso implica indemnización.

Contratos Formativos

  • Contrato para la Formación en Alternancia: Combina trabajo y formación. Duración: 3 meses a 2 años. Restricción: el trabajador no puede haber desempeñado el mismo puesto en la empresa por más de 6 meses.
  • Contrato para la Obtención de Práctica Profesional: Para titulados universitarios o de FP. Duración: 6 meses a 1 año. Requisito: el trabajador debe tener un título y no haber trabajado más de un año en el mismo puesto.

Pactos Anexos

  • Pacto de Permanencia: El trabajador se compromete a permanecer en la empresa (máximo 2 años) a cambio de formación pagada.
  • Pacto de Plena Dedicación: El trabajador se compromete a trabajar exclusivamente para un empresario, a cambio de compensación económica.

Convenio Colectivo

Acuerdo entre representantes de trabajadores y empresarios que regula las condiciones de trabajo. Respeta los derechos mínimos establecidos por la ley.

El Salario: Concepto, Protección y Estructura

Concepto de Salario

Retribución económica que recibe un trabajador por sus servicios. Puede ser en dinero o en especie. Debe pagarse en la fecha acordada (máximo un mes). El pago se realiza durante o inmediatamente después de la jornada laboral, en el lugar de trabajo.

Salario Mínimo Interprofesional (SMI) e IPREM

  • SMI: Remuneración mínima establecida por el Gobierno para trabajos a tiempo completo. Se ajusta anualmente.
  • IPREM: Índice de referencia para determinar el acceso a prestaciones y servicios públicos.

Protección del Salario

  • FOGASA: Garantiza el pago de salarios e indemnizaciones en caso de insolvencia empresarial (hasta ciertos límites).
  • Inembargabilidad del SMI: El SMI no puede ser embargado, salvo para pagar pensiones alimenticias.
  • Preferencia de Créditos Salariales: Los salarios no pagados tienen prioridad sobre otras deudas.

Estructura del Salario

Se compone de percepciones salariales y no salariales.

Percepciones Salariales

  • Salario Base: Retribución fija por unidad de tiempo o de obra.
  • Complementos Salariales:
    • Personales (conocimientos, antigüedad).
    • Del puesto de trabajo (penosidad, nocturnidad).
    • Por cantidad o calidad del trabajo (comisiones, incentivos).
    • Por resultados de la empresa (participación en beneficios).
  • Horas Extraordinarias: Compensadas económicamente.
  • Gratificaciones Extraordinarias: Pagas extra.
  • Salario en Especie: Valoración económica de beneficios no monetarios.

Percepciones No Salariales

  • Indemnizaciones o Suplidos: Compensan gastos laborales (dietas, transporte).
  • Prestaciones de la Seguridad Social: Subsidios por incapacidad temporal o desempleo.
  • Indemnizaciones por Despidos o Traslados: Cantidades establecidas en convenios.
  • Otras Percepciones: Ayudas por hijos, primas de seguro, etc. (cotizan a la Seguridad Social).

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