12 Jul
TRATADO DE ROMA. Tratado fundacional de la Comunidad Económica Europea (C.E.E.), que fue suscrito en 1957 por los seis países fundadores, Francia, Alemania, Italia y los países del Benelux (Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo), quienes establecieron un acuerdo exclusivamente económico: un mercado único o de libre circulación entre los países miembros. También se constituyó el EURATOM (Comunidad Europea de la Energía Atómica). Tuvo como antecedente el Tratado de París (1951), y subyacía el deseo de acabar con las rivalidades que habían conducido a la Segunda Guerra Mundial.
C.E.E.: Comunidad Económica Europea, denominación inicial de la actual Unión Europea, que se fundó en el Tratado de Roma en 1957 con los seis países fundadores, Francia, República Federal de Alemania, Italia y los países del Benelux (Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo), quienes establecieron un acuerdo exclusivamente económico: un mercado único o de libre circulación de personas, mercancías y servicios entre los países miembros, además de una política agrícola común y de transportes.
TRATADO DE MAASTRICHT. En esta ciudad de los Países Bajos, cercana de Bélgica, se firmó el Tratado de la Unión Europea en 1992, y se creó la U.E., basada en tres pilares básicos que, por primera vez, sobrepasaban los objetivos puramente económicos: se perseguía alcanzar una unión económica y monetaria, pero además había que cooperar para conseguir una Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) y cooperar en los Asuntos de Justicia e Interior, aspectos en los que se fue avanzando en los tratados posteriores.
U.E.: Unión Europea, denominación actual de la antigua C.E.E. a partir del Tratado de Maatrich de 1992, que integra en 2009 a 27 países: Francia, República Federal de Alemania, Italia y los países del Benelux (Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo) en 1957, Dinamarca, Irlanda y Reino Unido en 1973, Grecia en 1981, Portugal y España en 1986, Suecia, Finlandia y Austria en 1995, Estonia, Letonia, Lituania, Polonia, República Checa, Eslovaquia, Hungría, Eslovenia, Chipre y Malta en 2004, y Rumania y Bulgaria en 2007. Constituye un espacio común no sólo en aspectos económicos sino sociales y políticos.
COMISIÓN EUROPEA: Institución de la Unión Europea con sede en Bruselas. Está compuesta por un presidente, un vicepresidente (PESC) y un comisario por cada Estado miembro encargados de las diferentes políticas comunitarias durante cinco años, aunque a partir de 2014 el número de comisarios se reducirá. Sus funciones son proponer leyes (poder colegislativo), supervisar el cumplimiento de la legislación y de los Tratados y gestionar el presupuesto y los programas europeos (poder ejecutivo). Las decisiones se toman por mayoría simple, y es responsable ante el Parlamento Europeo.
CONSEJO EUROPEO: Es el máximo órgano político de la Unión Europea. Está formado por los jefes de Estado o de Gobierno de los países miembros, por el Presidente de la Comisión Europea y a partir de 2010 por un Presidente elegido por dos años y medio. Su función es determinar los objetivos y las prioridades generales de la U.E. en las cumbres celebradas dos veces al año. Las decisiones se toman por consenso.
PARLAMENTO EUROPEO: Institución que representa a la ciudadanía de la Unión Europea, situado en Bruselas. Está formado por parlamentarios (europarlamentarios), elegidos por sufragio universal cada cinco años, en un número proporcional a la población del país, que se agrupan por grupos ideológicos, no por países, con un número máximo de 750 más el presidente. Las funciones del parlamento son aprobar la legislación y el presupuesto europeos, y controlar al Consejo de la Unión Europea y a la Comisión.
EURO: Moneda única a la que han accedido dieciséis de los veintisiete miembros de la U.E. que entró en vigor en 2002 y que significa que los que la poseen participan de la Unión Económica y Monetaria porque han cumplido ciertos requisitos establecidos en el Tratado de Maastricht (déficit, inflación, deuda..) y que quedan sometidos a la política monetaria fijada por el Banco Central Europeo en colaboración con los Bancos Centrales de cada Estado.
FONDOS ESTRUCTURALES: Son el instrumento económico básico de la política regional de la Unión Europea para a corregir los atrasos económicos estructurales de lasregiones europeas más pobres, que tengan una renta per cápita por debajo del 75% de la media comunitaria, agrupadas en diferentes categorías. Los cuatro fondos estructurales son: FEDER (Fondo europeo de Desarrollo Regional), FEOGA (Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria), IFOP (Instrumento financiero de Orientación Pesquera) y FSE (Fondo Social Europeo).
FONDO DE COHESIÓN: Instrumento económico de la Unión Europea creado en Maastricht apara ayudar a los países de la U.E. que tengan un PIB per cápita inferior al 90% de la renta comunitaria, destinados a sufragar proyectos con costes altísimos para los países destinados a la protección del medio ambiente y a las redes de transporte transeuropeas.
F.S.E.: Fondo Social Europeo, es un instrumento de la política regional europea que se destina al fomento de la formación profesional y al empleo.
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