22 Feb

La Unión Europea: Estructura y Funcionamiento

1. Orígenes y Objetivos

Surge de las dos guerras mundiales con el objetivo principal de unidad política y económica de Europa. Actualmente la UE está compuesta por 28 países: Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumania, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia, Reino Unido y Croacia.

Actualmente, los países de la zona Euro son: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Malta, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal, Andorra, Ciudad del Vaticano, Kosovo, Mónaco, Montenegro y San Marino.

2. Derecho Comunitario

Características:

  • Supremacía: El derecho comunitario prevalece sobre el estatal.
  • Autonomía: Derecho independiente de los ordenamientos.
  • Aplicabilidad inmediata: Los reglamentos no necesitan ser desarrollados por una norma estatal para surtir efecto, pero las directivas sí.
  • Efecto directo: Las normas comunitarias son fuentes de derecho y obligaciones para los sujetos a los que van destinadas.
  • Responsabilidad por incumplimiento del derecho comunitario.
  • Reclamación de los particulares y reconocimiento y defensa de los derechos fundamentales de las personas.
  • Igualdad de trato a los particulares: no puede contener ninguna cláusula discriminatoria.

Tipos de Derecho:

Derecho Primario:
a) Tratados Fundacionales:
  • CECA: Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero firmado por Alemania, Bélgica, Luxemburgo, Italia, Países Bajos y Francia en 1951.
  • CEE: Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea que se firmó en 1957 en Roma.
  • EURATOM: Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica se firmó el 25 de marzo de 1957 en Roma y fue firmado por los seis primeros países para la libertad de servicios, personas y capitales.
  • UE: Tratado constitutivo de la Unión Europea se firmó en Maastricht el 7 de febrero de 1992. Este tratado consagra el nombre de UE y fija fases para la unión económica y monetaria.
b) Tratados Modificativos:
  • El tratado de fusión (1965): su entrada en vigor fue a partir de 1967 y se fusionan los órganos de las comunidades en tres: Consejo Europeo, Comisión Europea y Parlamento Europeo.
  • El Acta Única Europea (1986): se da más competencia a la comunidad y se profundiza en el mercado único.
  • El tratado de Ámsterdam (1999): aprueba el pacto de estabilidad y crecimiento.
  • Entrada en vigor del Euro (2002).
  • El tratado de Niza (2003).
  • El tratado de Lisboa (2009).
  • Tratados de adhesión: recoge las condiciones para formar parte de la UE.
Derecho Derivado:

Normas que surgen de los distintos órganos legislativos de la Unión Europea en desarrollo y aplicación de los tratados:

  • Reglamentos: Son normas vinculantes para los Estados miembros.
  • Directivas: Son normas que tratan de unificar las diferentes legislaciones nacionales.
  • Recomendaciones o dictámenes: Opiniones no vinculantes.
  • Decisiones: Son normas vinculantes sólo para el Estado, empresa y/o ciudadano a quien se dirigen.

3. Las Cuatro Libertades

  • Libre circulación de trabajadores y personas: Incluye el derecho de desplazamiento y residencia del trabajador, el derecho de entrada y residencia de los miembros de la familia y el derecho a trabajar en otro Estado miembro de la UE. Su principio básico es el de la igualdad de trato y se encuentra muy relacionada con el Acuerdo de SCHENGEN de 1985 que marcó el inicio de la supresión de los controles fronterizos entre países, pero con cinco excepciones, que son los países que mantienen sus controles fronterizos como Irlanda, Reino Unido, Chipre, Bulgaria y Rumania.
  • Libre circulación de mercancías: En el tratado de la UE se prohíben las restricciones a la importación (aranceles) y a la exportación entre los Estados miembros. No obstante, en caso de riesgo para la salud pública o para el medio ambiente, los Estados miembros pueden restringir la libre circulación de mercancías.
  • Libre prestación de servicios: Tiene como objetivo facilitar la libertad de prestación de servicios entre los Estados miembros. Establece un marco jurídico general que favorece el ejercicio de los prestadores de servicios así como la libre circulación de los servicios.
  • Libre circulación de capitales: La directiva 1980 establece el principio de la liberalización completa de los movimientos de capitales entre los Estados miembros a partir del 1 de julio de 1990. Por movimiento de capitales se entiende, inversiones y operaciones con títulos, cuentas corrientes, depósitos, préstamos y créditos financieros.

Pilares Europeos

1º principio de solidaridad: significa que la Unión se percata de los desequilibrios regionales, así como de las desigualdades económicas y sociales, actuando en confluencia para reducir las diferencias de desarrollo en las distintas regiones o estados. Para conseguir esa cohesión dispone de:

– Fondos estructurales

Fondo europeo de desarrollo regional (FEDER) fomenta la igualdad entre sexos.

Fondo social Europeo (FSE) lucha contra el desempleo.

Fondo Europeo de orientación y garantía agrícola (FEOGA) que procura el desarrollo de las zonas rurales.

Instrumento financiero de orientación pesquera.

– Fondo de cohesión: para ayudar a los países más pobres de Europa yfavorecer sus infraestructuras.

– Políticas comunitarias como la Política agrícola común (PAC) o la política industrial común.

2º política exterior y de seguridad: se realiza a través de los objetivos de defensa de los valores comunes, de los intereses fundamentales y de la independencia de la Unión. En caso de que un miembro de la UE es objeto de agresión armada el resto de miembros le asistirán e intervendrán.

3º acuerdos de cooperación en los ámbitos de justicia e interior: se potencia a partir del tratado de Lisboa y va en contra del terrorismo y el tráfico de drogas.

5.Instituciones comunitarias

Consejo Europeo


Comisión (propuestas)



               Parlamento                                                                                      Consejo de Ministros


                                                                              Aprueban                                          (consejo UE)

Parlamento Europeo sede en Estrasburgo (Francia): única institución elegida por sufragio universal que aprueba el presupuesto anual de la unión, reglamentos y directivas. Posee la función presupuestaría y ejerce el control democrático sobre la Comisión Europea aprobando la designación y cesura sobre ellos.

Comisión Europea sede en Bruselas: representa y defiende los intereses de Europa, está compuesta por 27 mujeres y hombres nombrados por un periodo de cinco años. La Comisión es la encargada de gestionar cotidianamente la aplicación de las políticas y la utilización de los fondos de la UE.

El tribunal de justicia sede en Luxemburgo: formado por un juez de cada estado. Vela por que el Derecho comunitario se interprete y aplique de la misma manera. Es diferente del tribunal Europeo de derechos humanos que está en Estrasburgo (Francia).

El Consejo Europeo: formado por los jefes de Estado y de Gobierno. Sus funciones son de orientación política y de jefatura colectiva simbólica fijando las grandes directrices y objetivos de la Unión. A sus reuniones trimestrales se las designa como cumbres europeas.

Banco central Europeo: gestiona el euro, así como protege la estabilidad de los precios en la UE. Sus funciones son fijar los tipos de interés fundamentales, controlar la oferta de dinero, gestionar las reservas de divisas de la eurozona, supervisar mercados e instituciones financieras, velar por el buen funcionamiento de los sistemas de pago y emitir billetes y monedas metálicas en la Unión.

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