12 Sep
1.Caví
Los Centros de Atención Especializada para Mujeres Víctimas de Violencia de Género SonServicios Propios de la Dirección General de la Mujer e Igualdad de Oportunidades en los Que se ofrece un tratamiento individual y grupal a mujeres mayores de 18 años (menores de 18 en casos de excepción) víctimas de maltrato proporcionando un Apoyo necesario para potenciar sus competencias sociales y psicológicas, y para Afrontar con éxito las experiencias vividas.
La Atención se realiza de forma integral, personalizada y gratuita durante el Tiempo necesario y se realiza desde enfoques como: jurídico, social y psicológico. Son lugares de encuentro para mujeres con una problemática similar ofreciendo Un espacio que pretende reforzar sus sentimientos de seguridad y protección. El Equipo profesional lo forman una psicóloga, una TS y una abogada.
2.Ley De voluntariado (Carácterísticas)
Conjunto de actividades
De interés general desarrolladas por personas físicas siempre que reúnan los
Siguientes requisitos: que tengan carácter solidario, que su realización sea
Libre, que se lleven a cabo sin contraprestación económica ni material, que se
Desarrollen a través de entidades de voluntariado.El voluntariado deber ser
Valorado como una experiencia, un valor añadido a la integración social y
Laboral, permitiendo más contacto y cercanía con el entorno social. Los tipos
De voluntariado son: social, internacional de cooperación para desarrollo,
Ambiental, cultural, deportivo, educativo, socio sanitario, de ocio y tiempo
Libre, comunitario y de protección civil.
3.Ley De Dependencia
Ley Española que crea el sistema para la
Autonomía y atención a la dependencia y tiene por objeto regular las
Condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho
Subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a
Las personas en situación de dependencia según lo establecido en las leyes. Cubre
La situación permanente en la que se encuentra las personas que por diversas
Causas han perdido toda o parte de su autonomía física, mental, intelectual o
Sensorial, y necesitan ayuda de otra persona para realizar actividades básicas
De la vida diaria.
Diferencias entre acogimiento y Adopción
El acogimiento Familiar y la Adopción aparecen como
Una nueva institución que pretende proteger al menor de los núcleos familiares
Que crean una situación de riesgo para el desenvolvimiento y desarrollo del
Niño, ofrecíéndole un núcleo familiar como medio de crecimiento personal.
El
Acogimiento hace referencia a la plena participación del menor en la vida familiar e impone a quien lo recibe
Las obligaciones de velar por él, tenerlo en su compañía, alimentarlo, educarle
Y proporcionarle una formación integral. Es temporal y el menor puede volver
Con su familia biológica, si es necesario y puede producirse por familia
Extensa, por familia ajena y temporal
. La adopción es la figura
Jurídica, que por medio de decisión judicial, se produce entre adoptantes y
Adaptados un vínculo de filiación de igual naturaleza que hijos propios, al
Mismo tiempo que desaparecen, salvo excepciones, los vínculos entre el adoptado
Y la familia anterior.
4.Servicios Sociales Especializados. (En qué consiste)
Constituyen el
Nivel de intervención específico para la programación, implantación y gestión
De aquellas actuaciones que, atendiendo a la situación de necesidad de la
Población a los que son dirigidas, no estén encomendadas a los servicios
Sociales de A.P. Desarrollaran actuaciones para los sectores de infancia,
Familia, personas mayores, personas con discapacidad, inmigrantes, minorías
étnicas, personas en exclusión social y otros colectivos, con las funciones de
Valorar, diagnosticar, orientar y gestionar los centros y servicios,
Proporcionar prestaciones técnicas y económicas y apoyar las medidas de
Reinserción. Su acceso se produce previa intervención del Servicio Social de
A.P, salvo excepciones encontradas en el reglamento.
5.Diferencia Entre retención y detención
La “detención” consiste
En la privación de libertad para que el imputado sea puesto a disposición
Judicial, por lo que no debemos confundirla con la “retención”, regulada en la
Ley Orgánica 1/1992, de protección de la seguridad ciudadana (cuando una
Persona se conduce a las dependencias policiales más próximas para ser
Identificada cuando se niega a hacerlo.
7.IMAS. ¿Dónde se encuentra en el organigrama?
Organismo autónomo que se
Encuentra en la Conserjería de Sanidad de Política Social. Es el organismo público
Encargado de integrar las funciones de la seguridad social referidas al
Imserso. Asume todas las funciones traspasadas en materia de gestión de los
Servicios complementarios de las prestaciones del sistema de seguridad social
Para personas mayores, discapacitados y población marginada, entre otros. Actividad dirigida a procurar un nivel de
Calidad adecuado y suficiente en la prestación de ss.Ss en la RM, procurando un
Aprovechamiento optimo de los recursos públicos mediante convenios, conciertos
U otras formas de gestión.
Deja un comentario